22 de enero de 2017

22/01/2017 Civil III [9]

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 3 Clasificación Jurídica de las Cosas y su Importancia

Nota: El hecho de que una cosa esté en una clasificación, no la excluye de la otra categoría. Ejemplo: una cosa puede ser corporal y a la vez fungible.

Según Sus Cualidades Físicas o Jurídicas

1) Por Su Naturaleza Esencial

1. 1 Cosas corporales: Son aquellas que podemos apreciar a través de los sentidos. Ejemplo: la energía solar, la energía sónica, etc.

1. 2 Cosas incorporales: Son aquellas que pueden ser percibidas, apreciadas y creadas por el intelecto. Ejemplo: el derecho de autor, el talento de una persona, etc.

Criterios para establecer diferencias entre una y otra: Aquí tenemos, que por su perceptibilidad se diferencian ambas cosas (corporales/sentido; incorporales/intelecto).

2) Por La Posibilidad De Sustitución

2. 1 Cosas fungibles: Son aquellas, las cuales sus características físicas no son relevantes. Por lo general suelen ser de su mismo peso o valor. Sus cualidades físicas, no son tomadas en cuenta.

2. 2 Cosas no fungibles: Son aquellas, en donde si se toma en cuenta sus características físicas, es decir, sus cualidades son determinantes.

Criterios para establecer diferencias entre una y otra: Aquí se establece el criterio de sustitución. Una cosa se puede sustituir y la otra no.

La frase del día:
El dinero, el sexo, el alcohol y las drogas permiten controlar salvajemente la conducta del ser humano

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