12 de septiembre de 2017

12/9/2017 Principio

La frase del día:
El ascensor hacia el éxito no está disponible. Tienes que usar las escaleras, una a una” Joe Girard

N° de Expediente: E2011-270 N° de Sentencia: 304
Tema: Principio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Principio de afirmación de libertad
Jueves, 28 de julio de 2011

...una de las tantas innovaciones del actual Sistema Acusatorio Penal, lo constituye la institución del principio de afirmación de libertad, en razón del cual, toda persona a quien se le impute la comisión de un hecho punible, salvo las excepciones que establece la Ley, tiene derecho a ser juzgada en libertad; de tal manera que, la libertad constituye la regla en el juzgamiento penal venezolano y la privación judicial preventiva de libertad, una forma excepcional de enjuiciamiento. En tal sentido, los artículos 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, establecen que:

Artículo 9. Afirmación de la libertad. Las disposiciones de este Código que autorizan preventivamente la privación o restricción de la libertad o de otros derechos del imputado, o su ejercicio, tienen carácter excepcional, sólo podrán ser interpretadas restrictivamente, y su aplicación debe ser proporcional a la pena o medida de seguridad que pueda ser impuesta.

Las únicas medidas preventivas en contra del imputado son las que este Código autoriza conforme a la Constitución.

Artículo 243. Estado de Libertad. Toda persona a quien se le impute participación en un hecho punible permanecerá en libertad durante el proceso, salvo las excepciones establecidas en este código.

La privación de libertad es una medida cautelar, que sólo procederá cuando las demás medidas cautelares sean insuficientes para asegurar las finalidades del proceso.

Ese juzgamiento en libertad, que como regla, emerge en nuestro proceso penal, no es más que el desarrollo de un mandato contenido en el numeral 1 del artículo 44 del texto constitucional, el cual al consagrar el derecho a la libertad personal señala que “toda persona será juzgada en libertad excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el Juez o Jueza en cada caso”; dispositivo constitucional con el cual, además, se establece una garantía de protección e intervención mínima en la afectación del derecho a la libertad personal, el cual sólo podrá verse restringido en casos excepcionales, para asegurar las finalidades del proceso.

N° de Expediente: E11-012 N° de Sentencia: 036
Tema: Principio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Principio de la territorialidad de la Ley penal. Art:3 CP
Martes, 15 de febrero de 2011

El artículo 3 del Código Penal venezolano, establece que: “Todo el que cometa un delito o una falta en el espacio geográfico de la República, será penado con arreglo a la ley venezolana”.

Esta disposición consagra el principio de la territorialidad de la ley penal y faculta al Estado venezolano para conocer de los delitos que se cometan dentro de su espacio geográfico.

N° de Expediente: C09-097 N° de Sentencia: 554
Tema: Principio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Principio de Legalidad
Jueves, 29 de octubre de 2009

... el Principio de Legalidad exige que el delito se encuentre expresamente contemplado en una ley formal, de manera clara y precisa, con el fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos, quienes deben conocer, sin lugar a dudas, cual es la conducta prohibida e ilegítima, y cuáles serían las consecuencias jurídicas que se generarían a aquellos que trasgredan lo que la norma penal contempla. Esto significa que debe haber una ley preexistente y vigente, tal como lo ha señalado la doctrina internacional en el entendido de que las conductas punibles deben ser descritas inequívocamente y las sanciones a imponer deben estar también previamente predeterminadas.

La frase del día:
El ascensor hacia el éxito no está disponible. Tienes que usar las escaleras, una a una” Joe Girard

12/9/2017 Interpretación

La frase del día:
El ascensor hacia el éxito no está disponible. Tienes que usar las escaleras, una a una” Joe Girard

N° de Expediente: 09-339 N° de Sentencia: 374
Tema: Pretensión de Interpretación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La pretensión de interpretación no es un recurso. Disipa una duda razonable
Jueves, 11 de octubre de 2012

...la pretensión de interpretación no es un recurso, su objeto no es verificar la adecuación a derecho de una decisión judicial a los fines de anularla (en caso de determinarse la existencia de vicios que hicieran procedente tal pronunciamiento), para pasar luego a sustituirla por otra sentencia; por el contrario, ella se dirige a disipar una duda razonable, oscuridad o ambigüedad respecto de una norma jurídica a los fines de su aplicación por parte del juzgador.

N° de Expediente: 09-339 N° de Sentencia: 374
Tema: Pretensión de Interpretación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Pretensión de interpretación
Jueves, 11 de octubre de 2012

...la pretensión de interpretación no puede usarse para llevar al Tribunal Supremo de Justicia el conocimiento de aquello que corresponda a otro juez o jueza por la vía de recursos. Si lo que pretende el demandante puede ser resuelto a través de los recursos de revocación, apelación, casación o revisión penal, así como por la solicitud de nulidad, entonces no sería admisible la interpretación.

La frase del día:
El ascensor hacia el éxito no está disponible. Tienes que usar las escaleras, una a una” Joe Girard

11 de septiembre de 2017

11/9/2017 Extradición [11]

La frase del día:
Las preguntas interesantes son aquellas que destruyen las respuestas Susan Sontag

N° de Expediente: E07-0475 N° de Sentencia: 689
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Requisito de procedencia. Aprehensión del solicitado
Miércoles, 05 de diciembre de 2007

el ciudadano requerido ... no ha sido aprehendido por las autoridades venezolanas, razón por la cual ... para proseguir con el procedimiento de extradición ... que se aprehenda al solicitado de acuerdo con la solicitud realizada por el Ministerio Público al Tribunal de Control y se convoque a una audiencia oral dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del solicitado, a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del Gobierno requirente...

N° de Expediente: E07-0312 N° de Sentencia: 432
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Requisito de procedencia. La aprehensión del solicitado
Viernes, 27 de julio de 2007

...para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, se requiere de conformidad con lo pautado en el artículo 396 eiusdem, que se aprehenda al solicitado, de acuerdo con la solicitud hecha por el Ministerio Público al Tribunal de Control.

Es entonces a partir de la aprehensión del solicitado que se fijará el término para la presentación de la documentación necesaria, así como para la realización de la audiencia pública a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del gobierno requirente.

N° de Expediente: E07-0178 N° de Sentencia: 329
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Imposibilidad de determinar si solicitado se halla en territorio venezolano
Martes, 19 de junio de 2007

...La imposibilidad de determinar si el ciudadano solicitado en extradición se halla en territorio venezolano ... y de que el mismo esté presente para la realización de la audiencia pública a que se refiere el artículo 399 eiusdem, hace que a la presente fecha la Sala esté impedida de resolver la solicitud de extradición...

La frase del día:
Las preguntas interesantes son aquellas que destruyen las respuestas Susan Sontag

10 de septiembre de 2017

10/9/2017 Extradición [10]

La frase del día:
No te vayas muy lejos porque te quiero muy cerquita

N° de Expediente: E07-0572 N° de Sentencia: 036
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Ext. Activa. Requisitos de Procedencia
Jueves, 31 de enero de 2008

... la noticia de que el solicitado en extradición se encuentra en un país extranjero, que el Ministerio Público presentó acusación en la causa y que, el juez competente dictó una medida de privación judicial preventiva de libertad. Además... que está comprobado el delito imputado y la presunta responsabilidad del ciudadano ... que los referidos hechos se subsumen en las exigencias de la ley penal sustantiva de Venezuela: Código Penal. Por otra parte, no constan elementos que permitan establecer la prescripción de la acción penal, para perseguir el delito enjuiciado, ni se trata de delito que pueda ser calificado como político...

Cabe advertir, que el proceso seguido contra del ciudadano RAEED HELAL HELAL, actualmente se encuentra pendiente para finalizar la fase preparatoria, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal. Será en esa oportunidad que dicho ciudadano sea presentado, cuando se le impondrá de los hechos, los fundamentos y los elementos de convicción que motivan su enjuiciamiento, lo que junto con otros actos procesales, determinará o no la realización de un juicio oral.

N° de Expediente: E07-0477 N° de Sentencia: 710
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Activa. Principio de reciprocidad internacional. En delito no establecido en tratado
Jueves, 13 de diciembre de 2007

...delito acusado (AGAVILLAMIENTO), se observa que el mismo no se encuentra enumerado de manera expresa en el artículo 2 del citado Tratado de Extradición; sin embargo, por tratarse de una asociación para delinquir, tal conducta ha sido sancionada penalmente en la mayoría de las legislaciones comparadas. Es por ello que la Sala considera necesaria la aplicación del principio de reciprocidad internacional, que implica el derecho de igualdad y mutuo respeto entre los Estados y la posibilidad de brindarse y asegurarse un trato idéntico, en el cual el Estado requirente debe mantener en general una actitud de cooperación en materia de extradición; por lo que supone el acuerdo entre las partes y el compromiso por el Estado solicitante, de acceder a la extradición cuando se presente un caso análogo...

N° de Expediente: E07-0537 N° de Sentencia: 713
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Falta de Tratado de extradición. Principio de reciprocidad internacional
Jueves, 13 de diciembre de 2007

...entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Trinidad y Tobago, no existe un Tratado de Extradición, por ello, la Sala considera necesario la aplicación del principio de reciprocidad internacional que implica el derecho de igualdad y mutuo respeto entre los Estados y la posibilidad de brindarse y asegurarse un trato idéntico, en el cual el Estado requirente debe mantener en general una actitud de cooperación en materia de extradición; por lo que supone el acuerdo entre las partes y el compromiso por el Estado solicitante, de acceder a la extradición cuando se presente un caso análogo...

N° de Expediente: E00-1035 N° de Sentencia: 715
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Requisitos para proseguir el procedimiento de extradición
Jueves, 13 de diciembre de 2007

...para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, se requiere de conformidad con lo pautado en el artículo 396 eiusdem, que se aprehenda al solicitado de acuerdo con la petición realizada por el Ministerio Público al Tribunal de Control, y se convoque a una audiencia oral dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del solicitado, a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del Gobierno requirente...

La frase del día:
No te vayas muy lejos porque te quiero muy cerquita

10/9/2017 Extradición [9]

La frase del día:
No te vayas muy lejos porque te quiero muy cerquita

N° de Expediente: E07-0437 N° de Sentencia: 257
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Aprehensión del solicitado
Martes, 06 de mayo de 2008

para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, se requiere de conformidad con lo pautado en el artículo 396 eiusdem, que se aprehenda al solicitado, de acuerdo con la solicitud hecha por el Ministerio Público al Tribunal de Control.

Es entonces a partir de la aprehensión del solicitado que se fijará el término para la presentación de la documentación necesaria, así como para la realización de la audiencia pública a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del gobierno requirente.

De manera que al no verificarse la aprehensión del ciudadano de nacionalidad colombiana Gustavo Iván Plata Pinedo, resulta imposible para la Sala cumplir con lo estipulado en el Código Adjetivo Penal, específicamente en cuanto al procedimiento de extradición pasiva, lo que impide resolver sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición presentada por el Gobierno de la República de Colombia. Así se declara expresamente.

N° de Expediente: E07-0215 N° de Sentencia: 152
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Requisitos de procedencia
Martes, 25 de marzo de 2008

...es vinculante para la procedencia de la solicitud de extradición, que el delito que se imputa no sea político ni conexo con éste, que esté sancionado por las legislaciones de los países involucrados en el proceso, determinando la doble incriminación, así como que se establezca en el Tratado de Extradición de ambos países como un supuesto de procedencia, que el delito no tenga asignada en el país requirente la pena de muerte o una pena perpetua y que la acción o la pena, según el caso, no esté prescrita.

N° de Expediente: E07-0572 N° de Sentencia: 036
Tema: Extradición
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Principio de reciprocidad internacional
Jueves, 31 de enero de 2008

...la Sala considera necesario la aplicación del “PRINCIPIO DE RECIPROCIDAD INTERNACIONAL” que consagra el derecho de igualdad y mutuo respeto entre los Estados y la posibilidad de brindarse y asegurarse un trato idéntico, en el cual el Estado requirente debe mantener en general una actitud de cooperación en materia de extradición; por lo que supone el acuerdo entre las partes y el compromiso por el Estado solicitante, de acceder a la extradición cuando se presente un caso análogo.

La frase del día:
No te vayas muy lejos porque te quiero muy cerquita

9 de septiembre de 2017

9/9/2017 Odebrecht

La frase del día:
Estás conmigo o estás en mi contra

Fiscal General: fueron privados de libertad 8 gerentes de Pdvsa Occidente vinculados a corrupción en Petrozamora

Igualmente informó que otro funcionario tiene orden de aprehensión

El Fiscal General de la República, Tarek William Saab, anunció que ocho gerentes de la División Occidente de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) fueron privados de libertad, por presuntamente estar vinculados a casos de sabotaje y corrupción que afectaron la producción en la empresa mixta Petrozamora.

Durante una rueda de prensa ofrecida este jueves 7 de septiembre desde el auditorio de la sede principal de la institución, en Caracas, precisó que el Tribunal 2° de Control de Cabimas acogió la solicitud del Ministerio Público y privó de libertad a Gustavo José Malavé Buccé (Director Ejecutivo de Producción Occidente), Juan Carrillo Martínez, (Subdirector de Producción Occidente) y Héctor Roque Ramírez (Gerente de Operación Integral de Plantas).

La medida judicial también recayó en Cesar Valera Villarroel (Gerente de Negocio de Producción Occidente), Adolfo Torres Vargas (Gerente General DSI Producción Occidente), Henry Sánchez Mora (Director Ejecutivo DSI Costa Oriental del Lago), José Manuel Marín (Gerente Regional DSI Occidente) y Juan Barreto Ramos (Gerente de Operaciones de Producción Occidente).

Los fiscales 77° nacional y 44° del estado Zulia imputaron a los ocho gerentes de Pdvsa por los delitos de tráfico ilícito de material estratégico con circunstancias agravantes, asociación para delinquir, obstrucción de la libertad del comercio, peculado doloso y peculado de uso y daños a la industria petrolera con siniestro.

Tales tipos penales están previstos en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley contra la Corrupción y el Código Penal.

Saab destacó que los fiscales del Ministerio Público lograron que la referida instancia judicial ordenara la incautación preventiva de bienes, la prohibición de enajenar y gravar, y el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias de los implicados, quienes fueron recluidos en la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim).

El Fiscal General señaló que los ocho gerentes de Pdvsa fueron detenidos en diferentes procedimientos llevados a cabo entre el lunes y martes de esta semana y adelantó que el caso será radicado en Caracas.

Añadió que se dictó una orden de aprehensión contra el ex director adjunto de Producción Occidente, Bernardo Atencio, quien se encuentra prófugo de la justicia.
“Esto es una traición al pueblo de Venezuela; cómo es posible que los gerentes se presten para hacerle este daño a la República sin importar las consecuencias”, sentenció.

Daño al patrimonio nacional

Al respecto, el Fiscal General resaltó que estas acciones se desprenden de una averiguación que se inició tras recibir una denuncia hace una semana por diversas irregularidades detectadas por dicha empresa mixta.

Explicó que a partir de ese momento “y en permanente coordinación y apoyo de los Poderes Públicos del país y diferentes cuerpos de seguridad”, se procedió a hacer las investigaciones correspondientes para corroborar los hechos y determinar las responsabilidades penales.

Entre las anomalías detectadas, Saab detalló el incumplimiento de acuerdos, las acciones de sabotaje, la disminución del suministro de gas, el aumento desmedido del índice de robos que afectaron la producción; las irregularidades en el Departamento de Seguridad Interna (encargado de garantizar la seguridad de los campos) y retrasos en la ejecución de mantenimientos preventivos y correctivos.

A su juicio, el objetivo de estas prácticas era afectar la producción de la empresa, a los fines de exigir pagos extorsivos para garantizar el suministro de gas que permitiera continuar la producción.

Dijo que adicionalmente se presume la sustracción y comercialización ilegal de crudo, que habría sido enviado a islas del Caribe, así como la compra de los aditivos para procesar el petróleo a una empresa que está vinculada a los implicados y así evadir el proceso de contratación por licitaciones.

“Estas acciones reiteradas produjeron pérdidas millonarias a la República y podían afectar la relación con sus socios estratégicos al no poder garantizarse la operación de la empresa”, aseguró el Fiscal General.

Por ello, Saab alertó a aquellas personas que dentro de Pdvsa pudieran proteger estas prácticas, pues la complicidad también es un delito.

Caso Odebrecht con nuevos fiscales

Saab informó que el caso Odebrecht en Venezuela fue reabierto, porque durante la gestión anterior del Ministerio Público había sido engavetado. “No hubo impulso a la acción penal y en su momento, con fiscales nuevos, haremos los anuncios. Allí habrá noticia importante”, prometió.

Al ser consultado sobre la crítica de Estados Unidos por la presencia del canciller venezolano, Jorge Arreaza, en el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, comentó que “ello es de una doble moral perniciosa”.

Puntualizó que EEUU es el país que menos tratados y convenios internacionales ha suscrito en materia de derechos fundamentales, además de recordar sus invasiones militares en Libia, Irak, Afganistán y Panamá.


La frase del día:
Estás conmigo o estás en mi contra

9/9/2017 Banda

La frase del día:
Estás conmigo o estás en mi contra

LA BANDA

Su paso inicial fue probablemente la pareja criminal; más tarde surgió la banda o agrupación de varios delincuentes, que unieron experiencia y habilidades para ejecutar con mayor eficacia operaciones criminales.

Como características de la banda podemos mencionar: integración plúrima indeterminada de miembros, según la naturaleza de las actividades a que se dedican; relativa especialización operacional (asalto a bancos, secuestros, estafas, abigeatos, etc.); un jefe que ordinariamente decide la operación que habrá de ejecutarse y distribuye hombres y ganancias; planeamiento de cada una de las acciones delictivas; espíritu de cuerpo y solidaridad. Para mantener una cohesión, la banda elabora sus propias normas de conducta, una especie de código de ética profesional que el jefe se encarga de hacer respetar y cuya violación acarrea sanciones que pueden llegar hasta la muerte del infractor.

En razón del lugar en donde ordinariamente adelanta sus actividades, la banda puede ser rural o urbana.

REFERENCIA bibliográfica: 
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. pp. 163 164.

La frase del día:
Estás conmigo o estás en mi contra