30 de noviembre de 2017

30/11/2017 Ley Constitucional [6]

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

Ley Constitucional contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia

Capítulo IV
Comisión para la Convivencia Pacífica

Atribuciones
Artículo 17. La Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica tiene las siguientes atribuciones:

1.  Diseñar la política pública dirigida al fortalecimiento y garantía del respeto, la tolerancia, la diversidad, la paz y tranquilidad pública, así como a la erradicación de toda forma de violencia, odio e intolerancia y demás conductas asociadas directa o indirectamente a éstas.

2.  Convocar y coordinar con los diversos órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución y control de la política pública destinada a promover y garantizar la convivencia pacífica. 

3. Formular propuestas de normas, medidas, directrices y  recomendaciones para ser presentadas ante las autoridades públicas a los fines de su consideración. 

4.  Dictar medidas de aplicación inmediata por parte de todos los órganos y entes del Poder Público.

5.  Realizar los estudios, diagnósticos y evaluaciones necesarias para la formulación, ejecución y control de la política pública destinada a promover y garantizar la convivencia pacífica.

6.  Realizar consultas públicas sobre las materias de competencia de la Comisión. 

7.  Diseñar, organizar y gestionar la participación de todos los sectores sociales en el cumplimiento de sus objetivos.

8.  Organizar eventos, seminarios, foros, encuentros, nacionales e internacionales, destinados a conocer, difundir e incrementar la comprensión y compromiso con el desarrollo de la política pública destinada a promover y garantizar la convivencia pacífica. 

9.  Promover medidas, acciones y políticas encaminadas a difundir la cultura de la paz, la tolerancia, el respeto y la diversidad en los procesos educativos, culturales, sociales, deportivos, artísticos, culturales, comunales, recreativos y comunicacionales. 

10. Diseñar las medidas, políticas y normas que orienten las políticas de prevención y control dirigidas especialmente a la reducción y erradicación de la violencia, intolerancia y otras formas de odio, incluyendo la presentación ante la Asamblea Nacional Constituyente de las propuestas de modificaciones a normativas, políticas y medidas que deban dictarse o implementarse.  

11. Presentar informes periódicos a la Asamblea Nacional Constituyente sobre el cumplimiento de su mandato, bajo los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad.

12. Dictar su Reglamento Interno. 

13. Las demás que le otorgue la Asamblea Nacional Constituyente, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

30/11/2017 Ley Constitucional [5]

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

Ley Constitucional contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia

Capítulo IV
Comisión para la Convivencia Pacífica

Comisión para la Convivencia Pacífica
Artículo 15. Se crea la Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica, como espacio interinstitucional encargado de diagnosticar, organizar y formular las directrices de la política pública destinada a promover y garantizar la dignidad humana, el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco, así como para prevenir y erradicar toda forma de violencia, odio e intolerancia política, social y de cualquier otro tipo.

Mandato
Artículo 16. La Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica circunscribirá su ejercicio a la política interinstitucional y a los lineamientos para la gestión social dirigidos al fortalecimiento y garantía eficaz del respeto, la tolerancia, la diversidad, la paz y tranquilidad pública y a la erradicación de toda forma de violencia, odio e intolerancia, así como de las conductas asociadas directa o indirectamente a éstas.

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

30/11/2017 Recusación [10]

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

N° de Expediente: A07-0284 N° de Sentencia: 445
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Definición
Jueves, 02 de agosto de 2007

...La recusación, constituye un acto procesal cuyo efecto no es otro que la exclusión del juez del conocimiento de la causa, con fundamento en alguna de las causales previstas en la Ley, ello con el fin de que no se vea comprometida la justicia y probidad del juzgador y asegurar de esta manera la imparcialidad del mismo en sus decisiones.

N° de Expediente: C06-0094 N° de Sentencia: 155
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La incidencia de recusación no es recurrible en casación
Jueves, 20 de abril de 2006

La Sala ha dicho que la incidencia de recusación no es recurrible en casación, por cuanto no existe disposición legal que así lo establezca.

N° de Expediente: 01-0592 N° de Sentencia: 0822
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Ley Orgánica del Poder Judicial. Competencia de los suplentes o conjueces para conocer de las decisiones en las incidencias de recusación o inhibición
Martes, 13 de noviembre de 2001

la Ley Orgánica del Poder Judicial le da la competencia para conocer de la decisión de las incidencias de recusaciones o inhibiciones de todos los Jueces de un Tribunal Superior o Corte de Apelaciones, a los suplentes de la misma en el orden de su elección, o en su defecto a los conjueces cuando se hayan agotados los primeros, a menos que en la localidad hubiese otro Tribunal Superior a quien entonces le correspondería conocer de la incidencia.

N° de Expediente: C01-0044 N° de Sentencia: 0758
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Las decisiones contra las incidencias de recusación, no son recurribles en casación
Jueves, 25 de octubre de 2001

Las decisiones contra las cuales se recurren, referidas a incidencias de recusación, no son recurribles en casación. En efecto, aquellos obstáculos subjetivos que menoscaban la persona del sentenciador y comprometen su imparcialidad (competencia subjetiva) deben ser resueltos por los jueces de instancia de acuerdo con las leyes que rigen la materia, pero en ningún caso por el más alto Tribunal en la jerarquía judicial.

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

30/11/2017 Recusación [9]

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

N° de Expediente: CC09-257 N° de Sentencia: 424
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Causales tanto de Inhibición como de Recusación de los funcionarios del poder judicial
Lunes, 10 de agosto de 2009

... el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena los únicos supuestos para la declaratoria de inadmisibilidad de las recusaciones ... se refiere a la declaratoria de inadmisibilidad de toda recusación que se intente, sin expresar los motivos que la fundamentan, y de aquella que se formula fuera del momento en que se debe proponer ... la fundamentación o razonamiento de las causales dispuestas en el artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, debe operar tanto para la recusación como para la inhibición, máxime, cuando el mismo Código Adjetivo regula ambas instituciones entremezclando su normativa en el Capítulo VI del Título III, relacionado con la Jurisdicción y en cuyo artículo 86 eiusdem estipula las únicas causales tanto de inhibición como de recusación de los funcionarios del poder judicial.

N° de Expediente: A08-258 N° de Sentencia: 648
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Avocamiento. Juez de Corte de Apelaciones que resolvió Habeas corpus y recurso de apelación de la misma causa
Martes, 02 de diciembre de 2008

... Las decisiones objeto de apelación versan sobre distintas decisiones, emanadas de diferentes juzgados de control en diferentes momentos, uno en conocimiento de la audiencia preliminar, y el segundo en conocimiento de un recurso de amparo de habeas corpus, conocidos por la misma Corte de Apelaciones, lo que a criterio de la Sala no constituye causal de recusación o inhibición, por cuanto se trata de la revisión del cumplimiento de las formalidades que rigen el debido proceso y de que la Corte de Apelaciones no está revisando su propia decisión sino la de los tribunales de primera instancia, que han decidido sobre el reclamo efectuado por la defensa en la presente causa.

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

30/11/2017 Recusación [8]

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

N° de Expediente: 10-263 N° de Sentencia: 392
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Imparcialidad del Juez
Jueves, 19 de agosto de 2010

... El juez, en el ejercicio de su función de administrar justicia, debe ser imparcial, esto es, no debe existir ninguna vinculación subjetiva entre él y los sujetos de la causa sometida a su conocimiento, ni con el objeto de la misma, ya que la presencia de algunos de esos vínculos conlleva a la inhabilidad del funcionario judicial para intervenir en ella.

Para preservar la imparcialidad del juez o jueza, la ley consagra la institución de la recusación, la cual se concibe como el poder otorgado a las partes para solicitar la exclusión de aquél del conocimiento de una determinada causa, por cualquiera de los motivos expresamente previstos.

N° de Expediente: 10-263 N° de Sentencia: 392
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Competencia para conocer incidencias de Recusaciones e Inhibiciones
Jueves, 19 de agosto de 2010

... la Ley Orgánica del Poder Judicial le da la competencia para conocer de la decisión de las incidencias de recusaciones o inhibiciones de todos los Jueces de un Tribunal Superior o Corte de Apelaciones, a los suplentes de la misma en el orden de su elección, o en su defecto a los conjueces cuando se hayan agotados los primeros, a menos que en la localidad hubiese otro Tribunal Superior a quien entonces le correspondería conocer de la incidencia.

La frase del día:
Hagas lo que hagas, hazlo bienAbraham Lincoln

29 de noviembre de 2017

29/11/2017 Recusación [7]

La frase del día:
Hay tres maneras de hacer las cosas: bien, mal y como yo las hago

N° de Expediente: 10-263 N° de Sentencia: 392
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Materia Militar
Jueves, 19 de agosto de 2010

... el juicio penal seguido al General en Jefe por la comisión de los delitos ... se encuentran tipificados en los artículos 570.1, 509.1 y 565 del Código Orgánico de Justicia Militar. Dicto cuerpo normativo, también, determina las autoridades competentes para decidir la inhibición o recusación en su artículo 118:

1. De los Jueces de Primera Instancia Permanente, el Consejo de Guerra. Cuando la recusación o inhibición se hubiere verificado durante el sumario, no se paralizará éste, sino que mientras se deciden tales incidencias, a la mayor brevedad se convocará el Suplente a fin de que continúen las diligencias sumariales. En caso de que el funcionario inhibido o recusado fuere accidental, conocerá de la incidencia la autoridad que lo nombró.

2. De los funcionarios del Consejo de Guerra, el Presidente del Tribunal. Si el inhibido o recusado fuere el Presidente, conocerá el Relator: y si fueren los dos, el conocimiento compete al Canciller. En caso de que todos los miembros del Consejo se inhiban o sean recusados, insacularán de la lista de Suplentes los nombres de quienes en ella figuren y elegirán por la suerte el que deba conocer. Lo mismo se hará en los Consejos de Guerra accidentales, salvo en el caso de inhibición o recusación de todos los miembros, en el cual conocerá de la incidencia, el jefe de la guarnición.

3. La de los funcionarios de la Corte Marcial se determinará siguiendo las mismas reglas indicadas en el número anterior, para los funcionarios del Consejo de Guerra permanentes, ejerciendo las funciones del Relator de aquéllos, el Vice-Presidente de la Corte.

La frase del día:
Hay tres maneras de hacer las cosas: bien, mal y como yo las hago

28 de noviembre de 2017

28/11/2017 Recusación [6]

La frase del día:
Algunas personas quieren que algo ocurra, otras sueñan con que pasará, otras hacen que sucedaMichael Jordan

N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Procedencia
Martes, 11 de octubre de 2011

Para la procedencia de la recusación ésta debe ser presentada de forma escrita ante el funcionario o funcionaria sobre quien se señale la causal de recusación

N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: De la Recusación. Objeto
Martes, 11 de octubre de 2011

La recusación es una facultad que va dirigida a salvaguardar la imparcialidad del funcionario o funcionaria en el proceso judicial, no debiéndose desprender ningún tipo de actuación, hecho u omisión atribuible al recusado que pueda comprometer su imparcialidad. Instituyendo en este sentido la recusación el acto a través del cual el legitimado que es afectado por la causal taxativa dispuesta por ley, requiere la exclusión del funcionario o funcionaria inmerso en la misma, y por ende su no participación en el proceso.

N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Deber jurídico de presentar informe
Martes, 11 de octubre de 2011

La recusación al juez o jueza que conoce del proceso, origina el deber jurídico de presentar (sobre ésta) su informe inmediatamente o al día hábil siguiente de tener conocimiento de ella, constituyendo para el recusado la única oportunidad de promover las pruebas que considere pertinentes. De ahí que, su incumplimiento es generador de diferentes tipos de consecuencias para el recusado.

La frase del día:
Algunas personas quieren que algo ocurra, otras sueñan con que pasará, otras hacen que sucedaMichael Jordan