12 de marzo de 2017

12/3/2017 Experticia [12]

La frase del día:
Tú, ve a lo tuyo, que yo, voy a lo mío

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- En la figura del sustituto experto se busca que al justiciable no se le interrumpa el juicio.

- Lo que va al juicio son medios de prueba, que anteriormente eran actos de convicción.

- Objeto de prueba. Órgano de prueba. Medio de prueba. Fuente de prueba.

- Los medios de obtención de la prueba deben regirse por la licitud de la prueba.

- El homicidio es un delito de resultado con efectos permanentes.

- R9: registro CICPC.

- R13: registro SAIME.

Fuente:
Taller “La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso” FUNDAFISCAL.

La frase del día:
Tú, ve a lo tuyo, que yo, voy a lo mío

12/3/2017 Experticia [11]

La frase del día:
Tú, ve a lo tuyo, que yo, voy a lo mío

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- En fase de investigación (preparatoria), todo lo incorporado en el expediente son actos de convicción, que se dividen en: elementos de convicción y elementos exculpatorios.

- Se convierten en testimonios cuando son debidamente admitidas en la audiencia preliminar. Cuando son admitidas, se denominan, a los testigos: “testimoniales”.

- Los actos de investigación se convierten en medios de prueba una vez admitidos en la audiencia preliminar.

- El reconocimiento médico legal es un acto de investigación.

- Una cosa es la experticia y otra es su promoción.

- Cuando los medios de prueba se evacúan, son pruebas.

- La parte que promueve hace las preguntas de primero.

La frase del día:
Tú, ve a lo tuyo, que yo, voy a lo mío

12/3/2017 Experticia [10]

La frase del día:
Tú, ve a lo tuyo, que yo, voy a lo mío

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- La regulación prudencial sirve como medio para fijar el precio.

- La valoración de las pruebas se realiza de conformidad con la sana crítica, y bajo eso, hay tres aspectos: lógica, ciencia y experiencia.

- 337, 225 Código Orgánico Procesal Penal.

- Juvenal Salcedo: ¿los indicios son pruebas?

- En el Código de Enjuiciamiento Criminal se hablaba de la prueba reina.

- Hay que desvirtuar la presunción de inocencia.

- ¿Cuándo puede hablarse de prueba en el proceso penal?

La frase del día:
Tú, ve a lo tuyo, que yo, voy a lo mío

11 de marzo de 2017

11/3/2017 Experticia [9]

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- 174, 187 Código Orgánico Procesal Penal.

- Por el principio de libertad probatoria no se requiere la orden del Juez para que las cámaras graben. Distinto ocurre en una entrega controlada y vigilada.

- Levantar cadena de custodia 187 Código Orgánico Procesal Penal.

- Reconocimiento técnico, coherencia técnica, audiovisual, prueba antropométrica para comparar a la persona con la del video.

- Aspectos a considerar para elaborar un concepto de prueba procesal: todo medio que sirve para llevar al Juez el conocimiento de los hechos; identificación entre prueba y el resultado que con ella se obtiene. Conjunto de motivos o razones que suministran el conocimiento de los hechos para los fines del proceso que se deducen de los medios apartados. (M. Miranda Estrampes).

- Regulación prudencial: el experto estima el valor para el momento de los hechos objeto del proceso. Es un medio de prueba para fijar el precio del objeto material del delito.

- Si no hay objeto, no se necesita cadena de custodia.

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

11/3/2017 Experticia [8]

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- Todas las pruebas tienen el mismo valor.

- Si no hay una experticia que individualice al imputado, procede el principio: in dubio pro reo.

- En los requisitos de la orden de allanamiento se debe individualizar a los funcionarios policiales, identificarlos plenamente con sus respectivas credenciales.

- Visita domiciliaria: se le permite, voluntariamente, el ingreso al policía en la casa.

- Lugares de acceso público.

- La cadena de custodia se realiza cuando se colecta.

- La experticia antropométrica individualiza a la persona.

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

11/3/2017 Experticia [7]

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- La experticia es un medio probatorio.

- “Prueba” viene del latín probatio, probatione, que quiere decir que probar es bueno.

- Pruebas: objetos mediante los cuales el Juez obtiene las experiencias que le sirven para juzgar. Llaves mediante las cuales se trata de abrir la puerta de lo desconocido (Carnelutti). Todo instrumento o medio utilizado para lograr la certeza judicial (Fenech).

- En el proceso penal la experticia es fundamental. Ejemplo: se pueden tener 2.000 medios de prueba en contra, pero con una experticia que excluya la responsabilidad penal, la defensa puede ganar.

- Valor fundamental de la experticia.

- Las experticias son objetivas y los testimonios son subjetivos.

- La experticia perdura en el tiempo.

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

11/3/2017 Procesal Penal [7]

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro

N° de Expediente: C02-0252 N° de Sentencia: 392
Tema: Medidas
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Alternativas a la prosecución del proceso
Jueves, 30 de octubre de 2003

La Sala de Casación Penal sostuvo durante la vigencia del derogado Código Orgánico Procesal Penal que en el procedimiento por flagrancia se debían aplicar las alternativas a la prosecución del proceso, aun cuando dicho código no lo establecía. Ese criterio se ha mantenido no obstante que el código adjetivo vigente tampoco lo contempla expresamente, lo contrario implicaría una desigualdad entre el imputado in fraganti y el imputado sometido a un procedimiento ordinario. Ello violaría el debido proceso puesto que los procesados en ejercicio de su derecho a la defensa, tienen la legítima expectativa de que se les informe cuáles son los medios que pueden usar para su defensa. Por consiguiente se ha de informar a los imputados y en la audiencia de calificación de flagrancia, acerca de las alternativas a la prosecución del proceso.

La frase del día:
…quien escribe el guion de tu vida eres tú mismo... La magia de la comunicación; p.122; Dr. Lair Ribeiro