22 de octubre de 2014

DS - DA

Derecho Sustantivo.- Conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado. Son normas de carácter no procesal.

Derecho Adjetivo.- Es la facultad de hacer uso del derecho sustantivo. Son normas de carácter procesal.

DO - DS

Derecho Objetivo

Son órdenes que integran el contenido de códigos, leyes o reglamentos con preceptos obligatorios. Es el Derecho como norma.

Derecho Subjetivo

Es el denominado Derecho Facultad.

Es el poder o potestad individual de hacer, elegir o abstenerse en cuanto atañe a la persona misma, y de exigir, permitir o prohibir a los demás tomando como fundamento lo natural, lo legal o lo convencional. Es el Derecho que acciona a la norma.

Principios Generales del Derecho

Los Principios Generales del Derecho

Es una fuente indirecta del Derecho y de donde proviene el mismo; son principios que se basan en originar normas jurídicas: la vida es un principio general del Derecho porque se basa en originar normas jurídicas.

Ejemplos de Principios Generales del Derecho

En base a lo romano tenemos:

1) Vivir honestamente. 

2) Dar a cada quien lo suyo. 

3) No dañar a nadie.

De acuerdo a hoy en día tenemos:

1) Las obligaciones contraídas deben cumplirse.

2) No hay delito sino se encuentra preestablecido en la ley: Principio de Legalidad.

3) La capacidad es la regla, y la incapacidad es la excepción.

4) La vida.

Art. 494


DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, DE LAS FÓRMULAS ALTERNATIVAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y DE LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO

Art. 494 Remisión.

El Ministerio con competencia Penitenciaria, remitirá al Tribunal de Ejecución los informes previstos por la ley, referidos al establecimiento, donde el penado o penada cumple la sanción, siempre preservando el cumplimiento del cómputo definitivo.

Fuente: 

Código Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012. 

21 de octubre de 2014

Art. 493

DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, DE LAS FÓRMULAS ALTERNATIVAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y DE LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO

Pena Impuesta

El tiempo necesario para otorgar la autorización de trabajo fuera del establecimiento, el régimen abierto y la libertad condicional, se determinará con base en la pena impuesta en la sentencia.

Fuente: Código Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.  

Art. 156

TÍTULO V
DE LOS ACTOS PROCESALES Y LAS NULIDADES
Capítulo I
De los Actos Procesales
Sección Primera
Disposiciones Generales

Art. 156 DÍAS HÁBILES.  

Para el conocimiento de los asuntos penales en la fase preparatoria todos los días serán hábiles. En las fases intermedia y de juicio oral no se computarán los sábados, domingos y días que sean feriados conforme a la ley, y aquellos en los que el tribunal no pueda despachar.

La administración de justicia penal es una función del Estado de carácter permanente, en consecuencia, no podrá ser interrumpida por vacaciones colectivas o cualquier otra medida que afecte el cumplimiento de los lapsos procesales.

En materia recursiva, los lapsos se computarán por días de despacho.

Fuente:
Código Orgánico Procesal Penal.

Art. 492

Art. 492 Decisión.

Recibida la solicitud a que se refiere el artículo anterior, el Juez o Jueza de Ejecución, deberá notificar al Ministerio Público, y previa verificación del cumplimiento de los requisitos señalados, resolverá, en lo posible, dentro de los tres días siguientes a la recepción del dictamen del médico forense.

Fuente: 
Código Orgánico Procesal Penal: 2012.