26 de junio de 2016

26-06-2016 Pruebas (117)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

CONTESTACIÓN A LAS POSICIONES JURADAS: 414

¿Cómo debe ser la respuesta del absolvente? – Modo de responder

La contestación a las posiciones debe ser directa y categórica, confesando o negando la parte cada posición.

Se tendrá por confesa a aquella que no responda de una manera determinante; pero cuando la posición versare sobre el tenor de instrumentos que existan en autos, la contestación podrá referirse a ellos.

Si se tratare de hechos ocurridos mucho tiempo antes, o que por su naturaleza pueda que se hayan olvidado, el juez estimará las circunstancias si la parte no diere una contestación categórica.

Nota.- Cuando se pregunta de modo asertivo no se puede responder evadiendo. En el caso de que se responda negativamente el absolvente se está perjudicando; pero a la final él responderá como desee y el juez valorará.

Valor probatorio

El juez tiene que asignar el valor de plena prueba cuando hay confesión; en el caso de que no haya confesión, por Ej.: que el absolvente manifieste que ignora el hecho sobre el cual le preguntan, allí el juez valorará según la sana critica para ver si eso es o no una artimaña del absolvente.

Absolvente: Precepto constitucional

Hay absolventes que se acogen al precepto constitucional, a los cuales hay que darle la protección de dicha garantía constitucional.

Nota.- Siempre el control de la evacuación del medio de prueba es de la parte correspondiente.

Nota.- Una respuesta impertinente es: “no me consta lo que se me pregunta”, “me abstengo de responder”, etc.

Nota.- Se tendrá por confeso al absolvente cuando se manifieste la conducta del 412 o la del 414: no responde de manera determinante.

Absolvente: Instrumentos públicos o privados

Cuando se le está formulando al absolvente una posición jurada y él se refiere a un instrumento público o privado, el tribunal le permite al absolvente que él responda de una manera no muy categórica porque se está refiriendo a esos instrumentos.

Nota.- El requisito sine qua non para responder una posición jurada es: la respuesta debe ser clara, precisa determinante y categórica.

Respuesta no determinante: Hechos olvidados

La respuesta puede ser no determinante cuando se pruebe que los hechos que se están ventilando se olvidaron. Aquí el juez debe utilizar la sana crítica estimando las circunstancias y todos los elementos de pruebas, cuando la parte no dé una contestación categórica por virtud del olvido.

No utilización de mecanismos de apoyo: 415

El absolvente no puede utilizar ningún mecanismo de apoyo cuando vaya a dar una respuesta.

No puede llevar apuntes, testigos, medios de comunicación, etc.

El absolvente no podrá leer ningún papel para dar su contestación, a no ser que se trate de cantidades u otros asuntos complicados, a juicio del tribunal, caso en el cual se le permitirá consultar sus apuntes y papeles, dándose para ello tiempo, si fuere necesario.

Debe mediar una petición del abogado de la parte del absolvente para que el tribunal autorice si lo juzga necesario.

26-06-2016 Pruebas (116)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

ACTA DE POSICIONES JURADAS: 413

"Las posiciones se harán constar en un acta que firmarán el Juez, el Secretario y las partes. En el acto, el solicitante hará las preguntas verbalmente y la contestación se hará también verbal, pero el Secretario las transcribirá fielmente en el acta."

Hay 2 principios: principio de oralidad y principio de escrituración de la prueba.

Todo acto procesal que se relacione con pruebas tiene que transcribirse en un acta; y dicha acta debe constar de las preguntas establecidas en el 189 CPC. Ese es el requisito que debe llevar toda acta que levante un funcionario público.

El acta es firmada por: el secretario, las partes, el apoderado en el caso de que esté presente.

Cuando el juez firma el acta judicial le da el valor de instrumento público.

26-06-2016 Pruebas (115)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESIÓN. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

ACTO DE EVACUACIÓN DE LAS POSICIONES JURADAS

Si las 2 partes no acuden se declara desierto el acto perdiéndose así los efectos de la citación.

Si acude el promovente y no acude el absolvente, y el 1ero se quiere valer de las PJ le puede pedir al juez que cite nuevamente al 2do; también se puede declarar al 2do confeso en las PJ estampadas, salvo que haya una causa justificada.

Si acude el absolvente y no acude el formulante se declara desistido el mdp.

Nota.- El alguacil hace el llamado para absolver las pj y entra el absolvente original donde el juez le toma su juramento de ley; y luego pasa por el lugar donde está el amanuense para que comience el acto.

Estampar las PJ en la confesión = se consideran como aceptadas.

26-06-2016 Pruebas (114)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

EFECTOS DE LA NEGATIVA A CONTESTAR LAS POSICIONES JURADAS O NO COMPARENCENCIA: 412

De presentarse alguna de las 3 conductas en la evacuación de las PJ la ley le dice al juez (sistema tarifado de evaluación) que lo tome por confeso.

Aquí no se habla de confesión ficta.

1) Negarse a contestar las PJ: guardar silencio, ponerse nervioso, sudoración, pupilas dilatadas, etc.

Hay negativas plenamente justificadas.

2) Si llega el día de absolver PJ y la persona que tiene que absolverlas no se presenta sin ningún motivo legítimo, se declara confeso.

En el caso de que tenga un motivo legítimo hay una justificación y no se declara confeso; el juez abre otra oportunidad para absolver PJ.

3) Si se detecta que el absolvente se contradijo o mintió.

Se tendrá por confesa en las posiciones que la parte contraria haga legalmente en presencia del Tribunal:

1) A la que se negare a contestarlas, a menos que el absolvente, por su propia determinación, se niegue a contestar la posición por considerarla impertinente, y así resulte declarado por el Tribunal en la sentencia definitiva;

2) A la que citada para absolverlas no comparezca sin motivo legítimo; o

3) A la que se perjure al contestarlas, respecto de los hechos a que se refiere el perjurio.

Si la parte llamada a absolver las posiciones no concurre al acto, se dejarán transcurrir 60 minutos a partir de la hora fijada para la comparecencia, ya se refiera ésta al primer acto de posiciones o a la continuación del mismo después de alguna suspensión de aquel o de haberse acordado proseguirlo ante un Juez comisionado al efecto. Pasado este tiempo sin que hubiese comparecido el absolvente, se le tendrá por confeso en todas las posiciones que le estampe la contraparte, sin excederse de las veinte indicadas en el artículo 411.

26-06-2016 Pruebas (113)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

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TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

NÚMERO DE LAS POSICIONES JURADAS

No podrán formularse al absolvente más de 20 posiciones; pero si por la complejidad del asunto, el Juez lo considerare procedente, podrá, a solicitud de la parte, conceder a ésta antes de la conclusión del acto, la formulación de un número adicional que no exceda de 10 posiciones.

26-06-2016 Pruebas (112)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

LÍMITES DE FORMULACIÓN DE LAS POSICIONES JURADAS

410: "Las posiciones deben ser concernientes a los hechos controvertidos.

En caso de reclamación por impertinencia de alguna pregunta, el Juez puede eximir al absolvente de contestarla.

En todo caso, el Juez no tomará en cuenta en la sentencia definitiva, aquellas contestaciones que versan sobre hechos impertinentes."

Tiene 3 aspectos:

1) Las PJ deben ser concernientes a los HC.

2) En el caso de que haya impertinencia de alguna pregunta el juez puede eximir al absolvente de contestar dicha pregunta en base al control de evacuación del MDP.

3) El juez puede ordenar contestar la pregunta impertinente ya que en la sentencia definitiva él revisará eso y desechará tanto la pregunta como la respuesta.

26-06-2016 Pruebas (111)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

EXENCIÓN DE COMPARENCIA: 408

Hay personas que por su investidura pública la ley les permite la prerrogativa de no asistir al tribunal. En el caso de que esas personas quieran ir al tribunal por voluntad propia pueden hacerlo; pero la prerrogativa consiste en que podrán absolver posiciones juradas en su despacho mediante una especie de cuestionario que se les envía, siempre y cuando sea referente con relaciones al ejercicio de su mandato.

Presidente de la República, Vicepresidente de la República, Fiscal General de la República, Contralor General de la Republica, Ministros, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, etc.

MODO DE FORMULAR LAS POSICIONES JURADAS: 409

La formulación de las PJ debe versar sobre HC en el proceso y sobre un hecho pertinente al mérito o fondo de la causa y un hecho relevante.

Formulación de posiciones juradas en base a una falsedad = falsa testación.