• Tenemos un sujeto activo que es el tratante y otro pasivo que es la víctima.
• El sujeto activo es quien realiza el hecho punible de acuerdo con lo establecido en la redacción de la norma.
• El sujeto pasivo es indistinto, se concibe como la persona titular del interés o bien jurídico protegido por la norma cuya ofensa constituye la esencia del delito.
• Sintagma implementado por la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (2012) en su artículo 41: "Quien como parte integrante de un grupo de delincuencia organizada"
• Las personas naturales y jurídicas se circunscriben dentro de los sujetos activos.
Fuente de la información: taller de "Trata de personas aspectos jurídicos investigación y prevención" efectuado el 31-07-2025 por parte del Centro de Ciencias Forenses y Cuidar A.C.
La frase del día
"El lobo no puede volar; el águila no puede nadar; y el tiburón no puede correr, pero en el entorno adecuado, dominan"