Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Cabe destacar que, en relación con la presunta omisión del Ministerio Público de promover como medios de pruebas las testimoniales de los ciudadanos que especifica, constata la Sala que dicha omisión fue subsanada en la apertura de juicio oral, cuando el representante fiscal solicitó la admisión de los mismos a efectos de ser evacuadas en el debate, siendo acogida dicha solicitud por el Tribunal en funciones de juicio.
En relación con la finalidad de la prueba, José Acosta Estévez, profesor de Derecho Internacional Público, en el artículo “La determinación de los hechos: La prueba”, publicado en el siguiente enlace https://international.vlex.com/vid/terminacion-proceso-281815, indicó que:
“…es una actividad de comprobación o verificación que tiene por finalidad la persecución de un conocimiento de lo que se afirma como cierto, pero también es una actividad de comparación o confrontación entre las afirmaciones realizadas por las partes sobre unos hechos y la realidad de los mismos. La conjunción de ambas circunstancias permiten presentar la prueba como una actividad encaminada a formar la convicción del juzgador o, en nuestro caso, del Tribunal….” (sic).
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"La sal y el azúcar se parecen, pero no saben igual"
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