14 de marzo de 2017

14/3/2017 Verdad

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

Criterios de verdad procesal formal. Criterios de verdad sustancial material. Dictamen de los peritos expertos

Criterios de verdad procesal formal o de verdad sustancial material

Verdad procesal formal: con relación a la verdad procesal formal, ésta hace referencia a la verdad jurídica, la verdad procesal que se obtendrá en el proceso mediante las formalidades determinadas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las demás leyes nacionales, como el Código Orgánico Procesal Penal, por ejemplo, que establece en su artículo 13 que la finalidad de todo proceso es la verdad de los hechos por las vías jurídicas; es decir, esta es, como se dijo en principio, la verdad jurídica. ¿Y se busca la verdad de qué? Lo que se buscará es la verdad de los hechos plasmados en la acusación fiscal, en el supuesto de encontrarnos ante un delito de acción pública cuyas directrices se basan en el procedimiento ordinario penal. Esta verdad se logra a través de la actividad probatoria, ameritando así el cumplimiento de las fases preparatoria, intermedia y de juicio, mediante el cumplimiento de determinados procedimientos legales; y debe ser comprobada mediante las pruebas, mediante la interpretación de los preceptos legales.

Bibliografía:
Ferrajoli, L. Derecho y razón: teoría del garantismo penal. Editorial Trotta.

Pérez Sarmiento, E. (2005). La prueba en el proceso penal acusatorio (2° edición). Venezuela: Editores Hermanos Vadell.

Ruiz, Wilmer (2010). Balística forense (1° edición). Venezuela: Editorial Horizonte C.A.

Código Orgánico Procesal Penal. 2012. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela 6.078 (extraordinaria), junio 15. 2012.

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

14/3/2017 Procesal Penal [10]

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

N° de Expediente: 01-0287 N° de Sentencia: 1240
Tema: Medidas
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Facultad del juez penal se aplicar sanciones a los abogados litigantes. Artículo 100 del Código Orgánico Procesal penal
Martes, 17 de julio de 2001

el tribunal tiene la facultad de aplicar sanciones a los litigantes en caso de que considere que han actuado de mala fe o de forma temeraria al incumplir con su obligación de actuar con la debida lealtad y probidad, para lo cual, deberá oír previamente los alegatos del afectado, formulados en su defensa.

(...) Ahora bien, establecido lo anterior, es necesario precisar, que el precitado artículo es claro en cuanto expresa que ´Antes de imponer cualquier sanción procesal se oirá al afectado..´, por lo que considera esta Sala que la omisión o el incumplimiento de este mandato, dejaría al afectado en estado de indefensión, violando así su derecho a la defensa.

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

14/03/2017 Experticia [21]

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- Determinador: autor intelectual.

- Pruebas testimoniales: testigos.

- Un caso sin experticias es un caso débil.

- Lo peor que hay es volverse autómata.

- Proceso penal mecanizado.

- Hay que atacar con los medios que da el Código Orgánico Procesal Penal.

- El objetivo de la experticia es la búsqueda de la verdad.

Fuente:
Taller “La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso” FUNDAFISCAL.

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

14/03/2017 Experticia [20]

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- El principio in dubio pro reo es revertido por las experticias.

- En el proceso penal venezolano se requiere un doble convencimiento.

- El Fiscal del Ministerio Público debe convencerse el mismo y convencer al Juez de la causa.

- ¿Con qué se prueba?

- Puede existir antes del proceso, antes de que se cometiera el delito.

- Cuando se incorpora al proceso es elemento de convicción; cuando se admite, es medio de prueba.

- La prueba preconstituida surge de otro proceso distinto.

Fuente:
Taller “La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso” FUNDAFISCAL.

La frase del día:
A buen entendedor pocas palabras

13 de marzo de 2017

13/3/2017 Experticia [19]

La frase del día:
El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones.Sir Francis Bacon

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- 225: Relación clara y precisa; decir el motivo de su realización, así como el acto de investigación que se efectuará; decir la descripción de las personas; las pruebas a realizar. Todos los dictámenes periciales deben tener conclusión.

- Si un dictamen pericial no tiene firma y sello, se está violando el debido proceso, por lo tanto, carece de validez.

- La defensa ataca las evidencias.

- Hay que atacar la cadena de custodia o cuidarla.

- Control formal y control material de la acusación.

- Técnica forense se liga a la experticia.

- In dubio pro reo es un efecto de la presunción de inocencia.

Fuente:
Taller “La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso” FUNDAFISCAL.

La frase del día:
El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones.Sir Francis Bacon

13/3/2017 Experticia [18]

La frase del día:
El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones.Sir Francis Bacon

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- El Juez solamente puede valorar lo que hay en el juicio.

- El Juez valora anticipadamente los medios de prueba cuando cambia la calificación jurídica.

- Cambio de calificación jurídica en juicio: ejercicio de tipicidad.

- Sana crítica: lógica, conocimientos científicos y máximas de experiencia. En la experticia se usan los conocimientos científicos. El Juez puede usar los tres o uno solo, eso no importa.

- Experticia seminal: comparación de experticia.

- Debe haber una experticia que individualice.

- 225 Código Orgánico Procesal Penal: perito juramentado por el Estado. Requisitos de la experticia.

Fuente:
Taller “La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso” FUNDAFISCAL.

La frase del día:
El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones.Sir Francis Bacon

13/3/2017 Experticia [17]

La frase del día:
El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones.Sir Francis Bacon

La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso

- Principio de inmediación: los jueces deben tener contacto con los medios de prueba; el juez presencia la prueba.

- Verosimilitud: comprobar si lo que dice el medio de prueba es cierto.

- Cuando se promueve una experticia debe haber inmediatez.

- Las nuevas pruebas surgen del debate.

- En la contradicción todas las pruebas son controvertidas.

- Las pruebas deben ser controvertidas.

- Si no se incorporó en los medios de prueba, no debe ser valorado.

Fuente:
Taller “La experticia. Su promoción en el escrito acusatorio y su relación con los hechos a ser probados en el proceso” FUNDAFISCAL.

La frase del día:
El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones.Sir Francis Bacon