13 de agosto de 2016

13-08-2016 Romano II (60)

Materia: Derecho Romano II
Semestre: Segundo-Pregrado

Tema # 9 Efectos de las Obligaciones

Cumplimiento de las Obligaciones: Las obligaciones debían cumplirse tal cual como habían sido convenidas (Lugar y Tiempo de la Prestación).

- Lugar: El deudor debía pagar en el lugar determinado por el acuerdo. En defecto de éste, el deudor podía pagar en un lugar oportuno, pero la demanda del acreedor podía entablarse ante el juez del domicilio del deudor.

- Tiempo de la Prestación: El pago debió hacerse el día convenido por las partes, si habían previsto una fecha, si habían fijado un plazo.

Habitualmente el plazo era a favor del deudor y por lo tanto se presumía esto cuando no se expresaba nada en el contrato.

Al contrario, si se quería favorecer al acreedor, se estipulaba un plazo con intereses especiales. Cuando el plazo era a favor del deudor, el acreedor no podía exigir el pago antes de vencerse  el plazo. Si el acreedor se negaba aceptar el pago antes de vencerse el plazo, sin justa causa, había mora creditoria que no liberaba al deudor de su obligación, salvo dolo del acreedor.

El Incumplimiento de las Obligaciones: El incumplimiento daba lugar a la mora del deudor, estaba basada en 2 conceptos importantes:

1) La Culpa: Consiste en una imprudencia o negligencia que no tiene por finalidad producir un daño pero que lo causa. La culpa o negligencia del deudor se juzgaba según el modelo del hombre diligente que hubiese podido evitar el daño. La diligencia se oponía así a la negligencia.

2) Caso Fortuito o Fuerza Mayor: Se refería a la pérdida de la cosa por causa natural o por irresistible violencia de 3eros. En el caso de fuerza mayor o caso fortuito, el deudor quedaba liberado de su obligación por principio general. Ejemplo: un terremoto, un naufragio, un ataque armado de bandidos o piratas, etc.

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