13 de agosto de 2016

13-08-2016 Administrativo II (07)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Administrativo II
Semestre: Cuarto-Pregrado

3. Legalidad Teleológica (Escuela Italiana): Primero que nada, tengamos presente que la teleología es la ciencia que estudia el fin último de la cosa.

Con relación a la Legalidad Teleológica, los italianos nunca ven la forma ni lo externo, sino que buscan el fin.

Cuando ese acto administrativo vaya a satisfacer el interés general o público, hay actividad administrativa.

 Ese acto administrativo tiene que ser destinado para un fin; sino habría desviación de poder (provecho personal).

Nota: Tengamos presente que el Derecho Administrativo se desarrolla en Europa.

Nota: Nosotros tomamos en cuenta un poco de todas las Escuelas (3).

Nota: Con relación a los requisitos formales, los mismos se pueden apreciar a simple vista (por eso se llaman “formales”). Son de la forma que se presenten.

Sumatoria Total de las Legalidades

Si la sumatoria de todo lo anterior analizado (legalidad formal, legalidad material y legalidad teleológica) me da un resultado de 0, estaremos en presencia de un acto administrativo legal. Pero si me da 1, estaríamos en presencia de un vicio. Si dicho vicio es convalidado o corregido, se podría salvar el acto administrativo. De lo contrario sería un vicio total y absoluto.

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