Materia: Derecho Administrativo
II
Semestre: Cuarto-Pregrado
Bases Constitucionales de la Legalidad
Esas
bases constitucionales, son el conjunto de normas jurídicas que refuerzan al artículo 137 de la Constitución Nacional. Y le van a
dar contenido efectivo a la Legalidad. De
igual forma, nos van a dar elementos de actuación, para lograr revertir actuaciones ilegales.
Artículo 138 C.R.B.V. (usurpación): En dicho artículo se establece un Principio básico que
opera para la Administración Pública. Estamos hablando de una sanción por usurpación.
Actos de Nulidad: Para el Derecho, acto declarado nulo de nulidad absoluta,
nunca existió. Y todas las consecuencias derivadas de ese acto nulo, de igual
forma son nulas.
Artículo 1185 C.C.: Me establece el Principio general de la responsabilidad por
daño. La responsabilidad es la única que genera responsabilidad de obligar.
Artículo 139 C.R.B.V. (Responsabilidad
/ Desviación de Poder): Aquí se me asoma
la parte de la Responsabilidad.
Se me
habla de desviación de poder, y que el funcionario público que
haga o dicte un acto administrativo, es responsable individualmente del daño
que está causando.
Nota: La
nulidad absoluta no se declara, se reconoce (dicho punto se verá más adelante).
¿Qué es usurpación de poder? / Usurpación y
Desviación: Es la persona que usurpa una función en la cual no tiene la competencia como tal para
realizarla. Ahora, la desviación del
poder se diferencia de la anterior,
porque en ésta, la persona que desvía si es competente para hacerlo. Dicha
desviación, produce la nulidad del acto administrativo.
Artículo 140 C.R.B.V. (Responsabilidad
del Estado): Se refuerza la teoría de Responsabilidad del Estado.
El
Estado responde por los daños que cometan sus funcionarios públicos, siempre y cuando
se esté en el ejercicio de sus funciones
públicas.
Nota: La
responsabilidad administrativa y la
responsabilidad penal, tienen un carácter individual. En la
responsabilidad patrimonial responde
el Estado, de acuerdo a lo explicado
anteriormente.
Nota:
Hay responsabilidad por usurpación,
por desviación.
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