La
política anticriminal es la política del Estado destinada al asunto criminal,
como un segmento más de la política global (Carranza, 1991:57). Dicha política
es percibida desde dos visiones: como orientación
práctica, en la medida que se refiere al conjunto de criterios empleados o
a emplear en el tratamiento de la criminalidad; o, como rama del saber, cuyo objeto de estudio es la política anticriminal
efectivamente seguida por el Derecho Penal o que éste debería seguir (Mir Puig,
1996:16). En cualesquiera de las dos visiones, la política anticriminal en
conjunto con el Derecho Penal y la Criminología Crítica
constituyen la estructura tridimensional del Derecho (valor, norma y hecho,
respectivamente) en el que se basa la llamada Ciencia Global del Derecho Penal
(Ibid), desde la cual se da respuesta a la cuestión criminal a través de la
perspectiva normativa, fáctica y axiológica.
Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada.
V Etapa No. 8. 2010. p. 45.
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