25 de febrero de 2017

25/2/2017 Flagrancia [3]

La frase del día:
Cualquier persona puede ser reemplazada. Nadie es imprescindible

FLAGRANCIA establecida en la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia


En el derecho medieval la institución evolucionó.  La flagrancia dejó de ser una circunstancia agravante para la penalización del delito, y adquirió efectos procesales para hacer más segura la identificación del autor del delito y, por tanto, ello hacía el procedimiento más rápido en la instrucción y para la celebración del juicio.  La noción de la flagrancia fue muy conocida por los prácticos medioevales, que la aplicaron especialmente en relación al arresto, al rito y a las pruebas; además que autorizaba al magistrado a proceder de modo sumario o ex abrupto; pues, en flagrancia el delito era ya de por sí manifiesto, por lo que no eran necesarias ulteriores pruebas para constatarlo; al extremo de que no le era posible al reo negar la comisión del delito.  Empero años después, en el siglo XVI, el Derecho común del Imperio Germánico con la Ley Carolina dictada por el Emperador Carlos V en 1532 -antecedente inmediato de la legislación del Imperio Español-, reprodujo la distinción del concepto de robo manifiesto derivado del Derecho Romano.

La frase del día:
Cualquier persona puede ser reemplazada. Nadie es imprescindible

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