El acto formal de imputación, como
actividad propia del Ministerio Público persigue garantizar el derecho a la
defensa y la imposición de los hechos y de las probanzas que relacionen al
sujeto con el hecho delictivo. A través de dicho acto, el imputado tiene la
oportunidad de solicitar la práctica de diligencias probatorias que desvirtúen
su participación en el hecho, así como, de ser informado sobre los argumentos
de hecho y de derecho que sobre él recaen en el desarrollo de la investigación…
Lo que persigue es garantizar el correcto juzgamiento de los hechos y la
idoneidad en el desarrollo de la fase investigativa del sistema penal
acusatorio, mediante la garantía de un acto propio del órgano investigador que
busque encausar el ejercicio de la acción penal y preservar aquellos elementos
que inculpen o exculpen al imputado…. Por cuanto lo que procura dicho acto, es
la preservación del derecho a la defensa, mediante la imposición definitiva de
los hechos, las pruebas y el delito que se atribuyen, que mas allá de un simple
formalismo, es una condición necesaria para garantizar los derechos del
imputado.
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