11 de abril de 2017

11/4/2017 Acusación [3]

La frase del día:
La última palabra la tiene Dios, no el hombre

3.- “Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción que la motiva”

Una vez que el representante del Ministerio Público tiene conocimiento de la perpetración de un delito, dictará el decreto de apertura de la fase investigativa; de aquí surgirán todos los elementos de convicción necesarios para fundamentar su acusación.

Estas diligencias practicadas en la fase preparatoria sólo servirán de basamento para solicitar el enjuiciamiento de una persona determinada,  solicitar el sobreseimiento o decretar el archivo fiscal respectivo.

Una acusación sin el fundamento requerido por la ley, ocasionará una fallida pretensión por parte de la Fiscalía.  Por lo que la correcta presentación de las evidencias nos servirá para determinar los hechos, es decir, comprobar la existencia de un delito con las circunstancias necesarias para su calificación jurídica. De lo contrario podría darse un pronunciamiento judicial a favor del sobreseimiento de la causa.


La frase del día:
La última palabra la tiene Dios, no el hombre

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