24 de diciembre de 2013

Balística XXII

LA PRUEBA BALÍSTICA EN EL JUICIO ORAL

La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco

ARMAS Y MUNICIONES NO LETALES O DE LETALIDAD REDUCIDA
Son aquellos instrumentos empleados para mantener el control y el orden público, sin poner en riesgo la vida de las personas ni provocar lesiones irreversibles. Los efectos balísticos causados por estas herramientas minimizan considerablemente la posibilidad de causar daños. Se clasifican en:

a) Lacrimógenas-irritantes: Son sustancias químicas que intervienen sobre la piel y mucosa de las personas que tengan contacto con las mismas, cuyos efectos pocos contaminantes sean capaces de controlar el orden público previamente perturbado. Pueden ser utilizadas  en recipiente a presión, las cuales pueden provocar irritaciones temporales.

b) Pistolas de impulsos eléctricos: Son armas que funcionan por contacto directo a través de impulsos electrónicos, las cuales permiten controlar a un individuo interviniendo en su sistema nervioso central. Puede provocar molestia transitoria sin llegar a ocasionar la pérdida del conocimiento y, menos aun la muerte.

c) Carabinas y escopetas de municiones de impactos, lacrimógenas o a gas: Son armas de fuego de uso directo que pueden ser impactos lacrimógenos o a gas, las cuales pueden provocar contusiones si son disparos a cortas distancias.

d) Granada aturdidora de luz y sonido: Son aquellos artefactos de uso directo que provocan efectos resonantes o ensordecedores de luz y sonido. Pueden provocar lesiones contusas empleadas a corta distancia.

Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. PP. 77, 78.

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