LA QUERELLA
LA QUERELLA ADMITIDA POR UN JUEZ SÍ
OTORGA LA CUALIDAD DE
IMPUTADO
La querella no es solo un modo de
inicio del proceso penal sino que fue el mecanismo previsto por el Código para
que la víctima pudiese adquirir la condición de parte en la fase de investigación.
Es la admisión de la querella y no
su simple presentación la que convierte a la víctima en parte querellante y al señalado en imputado. La sola interposición de la
querella, al igual que la denuncia, no tiene fuerza incriminadota en el proceso
penal y no puede ser tenida como un acto que otorga automáticamente la cualidad
de imputado. Su admisión, en cambio, por provenir de un órgano jurisdiccional
que valora preliminarmente los fundamentos de la querella, colige un esquema de
contradicción entre partes que debe ser reconocido como un criterio de imputación material.
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,
sentencia No. 2921, de fecha 20-11-2002:
En la fase de investigación, la
imputación puede provenir de una querella (artículo 296 del Código Orgánico
Procesal Penal), o de actos de la investigación que de manera inequívoca
señalan a alguien como autor o partícipe, bien porque la denuncia menciona a
una persona en particular que se interroga o entrevista como tal, o porque los
actos de investigación, como allanamientos, etc, reflejan una persecución penal
personalizada.
Excepto en el caso de la querella,
la condición de imputado en la fase de investigación la determina la autoridad
encargada de la pesquisa, y por ello la imputación pública del artículo 290 del
Código Orgánico Procesal Penal, no puede ser tenida como tal, hasta que en
alguna forma el Ministerio Público lo señale como tal imputado mediante un acto
de procedimiento, que mal puede ser el auto de inicio de la investigación que
se decretó porque el imputado públicamente solicite se le investigue. Esta es
su voluntad, mas no la del órgano encargado
de la persecución penal que es la determinante.
Fuente: Problemas de la Imputación en el
Proceso Penal. Giovanni Rionero. Vadell hermanos editores. pp.39, 40, 41.
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