LA JUSTICIA
RETRIBUTIVA
Es el mal que se le aplica a alguien como
contraprestación al daño que ha cometido. Se le retribuye un mal con otro mal.
Ya los filósofos griegos, como Aristóteles, distinguían entre la justicia distributiva, que consistía en dar a cada uno lo que le correspondiera según sus necesidades,
y la que llamaba "correctiva", para reparar el daño causado. Los castigos eran determinados y aplicados en la
antigüedad por las propias víctimas o sus familias, en lo que se conoció como "venganza privada".
En algunos estados puede llegarse a solicitar la vida
del autor del delito, como pago por su ilícito de gravedad extrema. Esto es lo
que hace el Estado en forma exclusiva, cuando castiga a los delincuentes aplicando
la ley penal.
La pena, con un valor intrínseco, aparece como
reparadora del daño, y por ello debe ser graduada de acuerdo a la intensidad
del mismo. Hay, por lo tanto, proporcionalidad entre hecho dañoso y castigo
impuesto. Puede no ser de la misma naturaleza la pena que el delito, como sí
sucedía en la Ley del Talión, pero deben estar acordes, de lo contrario,
sancionar con una pena demasiado benigna o demasiado severa en el caso
concreto, sería también una injusticia. No se la considera como preventiva ni
ejemplificadora, sino, como un acto de justicia en sí mismo, sin importar los
resultados que se obtengan de aplicar el castigo.
Los críticos a la justicia retributiva sostienen que
no está bien pagar el mal con otro mal, sino que ven a los castigos necesarios
solo si sirven para corregir al delincuente o como prevención.
Fuente de la
información:
Universidad Yacambú. Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas. Quinto
trimestre. Materia: victimología.
La
frase del día
“Las
cosas no son del dueño sino de quien las necesita”
La
palabra del día
Esquema:
Representación gráfica o simbólica.
Resumen de un escrito, discurso, atendiendo a
los caracteres más significativos.
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