Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Como corolario de lo precedente, señala el Tribunal de Alzada que “ resulta forzoso concluir que los hechos denunciados se circunscriben a una disputa entre particulares producto de la relación laboral, (…) tanto del texto de la denuncia, como de las pruebas consignadas se desprende la existencia de una relación laboral, es decir, el manejo legitimo de una empresa para lo cual fueron contratados por la presunta víctima para que se destinará por los mismos todo lo referente a su funcionamiento lo que supone que el asunto no reviste carácter penal, decidió proseguir con la investigación y solicitar al juez de control una orden de aprehensión cuando era más que evidente, que el presente asunto se trataba de un mero procedimiento de rendición de cuenta…”, con tal manifestación no solo desconoció las atribuciones del Ministerio Público, sino que además las usurpó al decretar el sobreseimiento de la causa, considerando que las circunstancias del caso se subsumían en las disposiciones contenidas en el numeral 2, del artículo 300, del Código Orgánico Procesal Penal, sin que el titular de la acción penal hubiese emitido su acto conclusivo y de haberlo considerado, formular la solicitud correspondiente en atención al resultado arrojado de las investigaciones que se encontraban pendientes por realizar o en su defecto pronunciarse sobre alguna excepción planteada, extralimitándose en el ejercicio de su labor revisoría, contraviniendo de esta manera lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo texto dispone:
“Artículo 137: La Constitución y la ley definirán las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen”.
Debe ser enfática la Sala en señalar, que toda actuación de los órganos de administración de justicia que menoscabe los derechos garantizados por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, está viciada de nulidad, conforme a lo dispuesto en su artículo 25, siendo que en el caso que ocupa una demostración de aplicabilidad de los principios consagrados en nuestro Texto Constitucional.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"El mal que el hombre hace, vive después de él; el bien, siempre es enterrado con sus huesos" - Julio César
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