— La medida judicial preventiva privativa de libertad puede enviar a cualquier persona a la cárcel sin que exista una condena.
— La medida judicial preventiva privativa de libertad, es una decisión judicial que ordena encarcelar a una persona mientras se investiga o desarrolla el proceso penal. No es una sentencia, es una medida cautelar; es decir, se aplica antes de la existencia de una condena.
— No se trata de castigar, sino de asegurar que el imputado no se fugue, no destruya pruebas y no obstaculice la justicia.
— La referida medida de aplicarse con mucha cautela porque implica restringir un derecho fundamental que es la libertad.
— Se encuentra regulada en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y solo puede aplicarse si se cumplen ciertos requisitos muy estrictos.
— Para que un juez dicte la medida judicial preventiva privativa de libertad, deben cumplirse tres condiciones: que existan suficientes elementos de convicción que para determinar que la persona cometió un delito; la pena que podría llegar a imponerse; que haya riesgo de fuga, obstaculización del proceso o reincidencia.
— La medidas judicial preventiva preventiva de libertad no debe ser la norma, sino la excepción. Usarla sin justificación es violar el derecho a la presunción de inocencia.
— En Venezuela la justicia debe ser firme, pero también garantista.
Fuente digital de la información:
La frase del día
"La valentía es importante, pero la sabiduría es invencible"
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