Una ley totalmente inconstitucional, pues violaba el principio
de no discriminación contenido en el artículo 61 de la Carta
Magna vigente en aquel entonces, por cuanto las normas de dicho texto
legal siempre se han aplicado a personas de escasos recursos, tratándose
por ello de una ley para pobres. Aunado a ello, la ley atribuía la
facultad de juzgar a funcionarios que no eran jueces: autoridades civiles,
incluyendo a los jefes del Cuerpo Técnico de Policía Judicial;
gobernadores y el ministro de Justicia, lo que violaba los
artículos 69 y 204 de la Carta Fundamental de 1961.
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