5 de octubre de 2025

Tempestivo | 5-10-2025

Sentencia No. 263 de fecha 28-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De lo antes transcrito, así como de la revisión del expediente, se verifica que la decisión de la Alzada fue dictada en fecha 18 de noviembre de 2024, y que el acusado fue impuesto del contenido de la decisión el día 3 de diciembre de 2024, por lo que el lapso para la interposición del recurso de casación inició el día hábil siguiente a la mencionada fecha, es decir el día 4 de ese mes, constatándose que el escrito recursivo fue presentado en fecha 9 de enero de 2025, habiendo transcurrido quince (15) días del lapso correspondiente para recurrir, discriminados de la siguiente manera: miércoles 4, jueves 5, viernes 6, lunes 9, martes 10, jueves 12, viernes 13, lunes 16, martes 17, miércoles 18, jueves 19, viernes 20 de diciembre de 2024, y martes 7, miércoles 8 y jueves 9 de enero del año que discurre, es decir, al décimo quinto día, por lo que se concluye que el mismo fue ejercido conforme a lo establecido en el artículo 454, del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia resulta tempestivo. Así se declara.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La adversidad tiene el don de despertar talentos que en la comodidad hubiesen estado dormidos"

Notificaciones | 5-10-2025

Sentencia No. 221 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De lo antes transcrito, así como de la revisión del expediente, se pudo verificar que la decisión de la Corte de Apelaciones fue publicada el 3 de octubre de 2024, fuera del lapso legal correspondiente, por lo que fueron ordenadas notificaciones (...)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La adversidad tiene el don de despertar talentos que en la comodidad hubiesen estado dormidos"

Esquemas de lavado [5] | 5-10-2025

Blanqueo de dinero basado en el comercio

El lavado de dinero basado en el comercio es un método que consiste en engañar a las instituciones financieras manipulando el precio, la cantidad o la calidad de los bienes durante las transacciones comerciales internacionales. Los delincuentes se aprovechan de las lagunas en la documentación comercial para mover dinero a través de las fronteras mientras disfrazan sus orígenes. Al sobrefacturar, subfacturar o describir falsamente bienes o servicios, los lavadores de dinero pueden manipular la transacción comercial y crear discrepancias en los registros financieros. Esto les permite transferir fondos sin levantar sospechas y lavar dinero en el proceso.

Mercado negro de pesos

El Mercado Negro de Intercambio de Pesos (BMPE) es un esquema de lavado de dinero comúnmente utilizado en América Latina. Este método consiste en convertir dólares en pesos en los mercados de divisas y luego usar esos pesos para comprar bienes para revenderlos en los Estados Unidos. Las ganancias de las ventas se utilizan para pagar la deuda original en dólares, legitimando efectivamente el dinero. La BMPE depende de la cooperación tanto de los lavadores de dinero como de las empresas legítimas para facilitar el comercio y la integración de fondos ilícitos en la economía formal.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

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Facial [5] | 5-10-2025

Fomento de buenas prácticas

Si bien los sistemas de reconocimiento facial encierran un inmenso potencial para garantizar la seguridad nacional, necesitan una sólida estructura de gobernanza a fin de salvaguardar los derechos humanos y los datos personales.

INTERPOL, en colaboración con el Foro Económico Mundial, el Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (UNICRI) y la Policía de los Países Bajos, ha participado en la elaboración de un marco normativo con el fin de promover un uso responsable y transparente de la tecnología de reconocimiento facial en las investigaciones que lleven a cabo los organismos encargados de la aplicación de la ley.

A raíz de esa consulta mundial en la que participaron distintas partes interesadas, en noviembre de 2022 se publicó el libro blanco titulado “A Policy Framework for Responsible Limits on Facial Recognition, Use Case: Law Enforcement Investigations” (Marco normativo para el establecimiento de límites responsables en el reconocimiento facial – Caso de uso: la investigación policial).

Fuente digital de la información:

Palabras clave: reconocimiento facial forense, INTERPOL, biometría.

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Lobby [5] | 5-10-2025

Cuando las empresas se convierten en potencias

El poder de los lobbies se magnifica cuando está respaldado por corporaciones multinacionales. Algunas empresas tienen ingresos que superan los PIB de varios países. En 2022, Apple, por ejemplo, llegó a generar más riqueza que economías como Brasil, México y Argentina.

Este nivel de poder les permite operar casi como Estados paralelos. No solo influyen en políticas locales, sino que negocian directamente con gobiernos y toman decisiones estratégicas que afectan a millones de personas. A diferencia de los Estados, estas empresas no dependen de procesos democráticos para cambiar sus liderazgos; sus estatutos corporativos actúan como constituciones internas operando con autonomía, lo que les da la posibilidad de estructurarse como mejor les parezca. Esta flexibilidad organizativa puede ser tanto una fortaleza como una amenaza para los sistemas políticos tradicionales.

Fuente digital de la información:

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4 de octubre de 2025

Lobby [4] | 4-10-2025

El lobby en las democracias

En sistemas democráticos, los lobbies funcionan como intermediarios entre la sociedad y el gobierno, uniendo intereses específicos con decisiones políticas. Aunque este rol puede parecer legítimo, el problema surge cuando los intereses privados se imponen sobre el bien común, incluso siendo catalogados como una corrupción legalizada. Algunas tácticas comunes incluyen:

1.- Financiación de campañas: Apoyan económicamente a candidatos que compartan sus posturas o que estén dispuestos a escuchar sus propuestas.

2.- Redacción de leyes: Presentan textos legislativos que favorecen sus objetivos, listos para que los legisladores los impulsen.

3.- Provisión de estudios y expertos: Aportan datos y análisis que refuerzan sus argumentos, generando una percepción de legitimidad ante los tomadores de decisiones.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Elegir con cuidado lo que compartimos es una forma de protegernos. No se trata de desconfianza, sino de sabiduría"

Facial [4] | 4-10-2025

Cotejo con las notificaciones de INTERPOL

Todas las imágenes faciales contenidas en las notificaciones y difusiones que se publican a petición de los países miembros se consultan y almacenan en el sistema de reconocimiento facial, si cumplen los estrictos criterios de calidad necesarios para el reconocimiento.

Los países miembros participantes también pueden solicitar que se realice una simple consulta en el sistema de reconocimiento facial, usando el Centro de Biometría, por ejemplo, para efectuar un control de personas de interés en un puesto fronterizo. En esos casos, los resultados se obtienen rápidamente para que se puedan tomar de inmediato las medidas necesarias. Las imágenes no quedan almacenadas en la base de datos de imágenes faciales.

Encuentros de especialistas

La aplicación de los sistemas de reconocimiento facial está en sus inicios en la mayoría de países, y las normas y buenas prácticas todavía se están definiendo.

Así pues, INTERPOL organiza reuniones frecuentes del Grupo de Trabajo de Expertos en Reconocimiento Facial, que es un grupo consultivo en el cual los especialistas debaten, presentan las nuevas capacidades tecnológicas y los procedimientos de identificación, señalan las necesidades de formación y colaboran para crear documentos oficiales que recojan las buenas prácticas, con el objetivo de ayudar a los países miembros.

La organización también celebra el Simposio Internacional sobre Dactiloscopia y Reconocimiento Facial, que presenta una oportunidad para que especialistas de todo el mundo intercambien buenas prácticas y las últimas innovaciones.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: reconocimiento facial forense, INTERPOL, biometría.

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Esquemas de lavado [4] | 4-10-2025

Tipologías comunes de lavado de dinero

Los esquemas de lavado de dinero emplean varios métodos para disfrazar el origen ilegal de los fondos y hacerlos parecer legítimos. Comprender estas tipologías es crucial para combatir el lavado de dinero. En esta sección, exploraremos varias tipologías comunes de lavado de dinero: estructuración de depósitos, lavado de dinero basado en el comercio, cambio de pesos en el mercado negro, facturación falsa, lavado de dinero inmobiliario y negocios intensivos en efectivo.

Estructuración de Depósitos

La estructuración de depósitos, también conocida como smurfing, consiste en dividir grandes cantidades de dinero en cantidades más pequeñas y menos sospechosas que luego se depositan en varias cuentas bancarias a lo largo del tiempo para evitar la detección. Este método es ilegal en los Estados Unidos y puede dar lugar a cargos penales. La intención detrás de la estructuración de depósitos es evitar que las instituciones financieras presenten informes de transacciones monetarias (CTR) que se activan por transacciones que superan un cierto umbral. Al mantener los depósitos individuales por debajo del umbral de información, los blanqueadores de dinero pretenden evadir el escrutinio y hacer que los fondos ilícitos parezcan legítimos.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

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Acusado informado | 4-10-2025

Sentencia No. 128 de fecha 14-04-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
Todo lo antes, se patentiza, que en el procedimiento especial por admisión de los hechos, y el acusado, debidamente informado, haya admitido los hechos, está impedido el juzgador de condenar al procesado o procesada sobre la base de una calificación jurídica distinta a la ya admitida por el Juez o Jueza en la acusación, toda vez que, como directores del proceso penal, tienen el deber de preservar las garantías del debido proceso mediante la admisión de los hechos en forma libre y voluntaria, y menos desestimar delitos, por cuanto desnaturaliza el fin de la institución de la admisión de los hechos.

Aunado a lo anterior, la decisión proferida por la Jueza de la Primera Instancia antes mencionada, desconoció el alcance y la viabilidad procesal del fallo vinculante antes mencionado, y sobre este particular la Sala Constitucional en sentencia número 594 de fecha 5 de noviembre de 2021, expresó:
“… En tal sentido, la Sala debe reiterar que desde sus primeras sentencias ha señalado con carácter vinculante que un elemento cardinal es que la justicia sea transparente y sin formalismos (artículos 26 y 257 de la Constitución), siendo que la justicia transparente que garantiza el texto constitucional, significa que ´las decisiones de los jueces y de los operarios de la justicia, no deben generar dudas en quienes las conozcan, sobre los motivos de las mismas´, pero además que el ´control judicial de la transparencia no puede ser interpretado en el sentido de que el órgano contralor invada la autonomía de juzgar que tienen los jueces, pero si, partiendo del caso concreto y en base a máximas de experiencia y reglas de lógica, analizar si la actitud de los operarios de justicia refleja la voluntad de hacer justicia, ponderando el error inexcusable, la ignorancia y hasta la calidad de los razonamientos del fallo, ya que todos ellos son elementos que pueden incidir en un caso concreto sobre la transparencia de la justicia, la cual es un concepto que se proyecta hacia la igualdad en que deben mantenerse a los litigantes, y la confianza que en la justicia debe tener la colectividad´ (cfr. Sentencia de esta Sala N° 7/00).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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Intereses de la víctima | 4-10-2025

Sentencia No. 222 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
En el sentido indicado, se verificó que recae de mero derecho sobre el Ministerio Público, como titular de la acción penal, la salvaguarda de los intereses de la víctima, teniendo presente que tal facultad le puede ser encomendada expresamente, o cuando la persona afectada directa o indirectamente por el hecho punible no asista al juicio, coligiéndose que obra de buena fe a favor de los derechos de representación que le asisten.
 
En referencia con lo antes señalado es importante mencionar que, no solo en nuestra legislación se prevé, el accionar del Ministerio Público como garante de los derechos que le asisten a quienes sufren las consecuencias de los hechos punibles, siendo un ejemplo de ello lo expuesto en la obra “EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA VÍCTIMA DEL DELITO”, cuyo autor es Alejandro Díaz De León Carrasco, la cual forma parte de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, de México, la cual puede ser consultada en el siguiente enlace https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/136/16.pdf, en la que respecto al mencionado particular indicó lo que se cita a continuación:

“…la prevención del delito y la atención integral a la víctima deben ser prioridad de todos (…). No podemos enfrentar al crimen si no nos unimos para atender sus causas y efectos. Recordemos que la victimización es un fenómeno que afecta no sólo a los ofendidos por el delito, sino también a sus familias y a su entorno social. La atención a la víctima debe ser entonces una prioridad en las tareas de procuración y administración de justicia…” (sic)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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Los hechos | 4-10-2025

Sentencia No. 221 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
En atención al yerro en la denuncia en estudio, estima oportuno la Sala ejercer una labor instructiva a los recurrentes respecto a lo que constituye la acreditación del hecho, en el sentido indicado, ello se refiere a que quede plenamente demostrado los hechos ocurridos, siendo un aspecto medular que debe contener una sentencia.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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CRBV 128, 130, 136 | 4-10-2025

Art. 128 CRBV.

En el artículo 128 se consagra la planificación territorial como estrategia para el desarrollo armónico, sostenible y con justicia ambiental.

Art. 130 CRBV. 

El artículo 130 constitucional establece el deber ciudadano de proteger la soberanía nacional, los símbolos patrios y los valores republicanos.

Art. 136 CRBV.

En el artículo 136 se determina la estructura del Estado venezolano con división vertical (territorial) y horizontal (funciones) para garantizar el equilibrio y la descentralización del poder en el país.

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3 de octubre de 2025

Decaimiento | 3-10-2025

Decaimiento de la medida

Al hablar sobre el decaimiento de la medida, nos referimos a la pérdida de efectos de las medidas cautelares, como la prisión preventiva, cuando ya no son necesarias.

El principio de proporcionalidad nos dice que la medida de coerción personal no debe sobrepasar la pena mínima de cada delito, ni exceder de 2 años. Sin embargo, reiteradas jurisprudencias del Tribunal Supremo de Justicia establecen que el decaimiento de la medida privativa de libertad no opera de forma automática, siendo que el juez debe evaluar la gravedad del delito, el riesgo de fuga y la posibilidad de obstrucción a la justicia, ya que existe una variedad de circunstancias en el desarrollo del proceso penal que deben ser analizadas y tomadas en consideración para no afectar la búsqueda de la verdad como principio del derecho, analizando en particular cada caso en concreto.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"No se aprende a nadar leyendo sobre el agua"

Dron térmico | 3-10-2025

Dron térmico 

Un dron térmico es un vehículo aéreo no tripulado (dron) equipado con una cámara infrarroja que detecta y visualiza la radiación de calor de los objetos, permitiendo ver las diferencias de temperatura que son invisibles al ojo humano. Se utiliza para aplicaciones como búsqueda y rescate, inspecciones industriales, agricultura y vigilancia, ya que permite identificar problemas ocultos, como fugas de gas o la presencia de personas en la oscuridad, al capturar el calor que emiten los cuerpos y objetos. 

Fuente de la información: visión general creada por IA.

La frase del día 
"No se aprende a nadar leyendo sobre el agua"

Esquemas de lavado [3] | 3-10-2025

Es importante tener en cuenta que el lavado de dinero es un problema global y plantea riesgos significativos para la integridad del sistema financiero. La cantidad estimada de dinero blanqueado a nivel mundial en un año oscila entre el 2% y el 5% del PIB mundial, lo que equivale a entre 800.000 y 2 billones de dólares. El blanqueo de capitales suele estar vinculado a actividades como el contrabando, la venta ilegal de armas, la malversación de fondos, el uso de información privilegiada, el soborno y los esquemas de fraude informático (Veriff).

Para combatir el lavado de dinero, los gobiernos, los organismos reguladores y las instituciones financieras han implementado varias medidas y regulaciones. Estos incluyen los requisitos de cumplimiento contra el lavado de dinero (AML), el software de monitoreo de transacciones AML y el papel de las instituciones financieras en la detección y prevención de actividades de lavado de dinero. Al permanecer vigilantes y adoptar medidas sólidas contra el blanqueo de capitales, las partes interesadas pueden contribuir al esfuerzo mundial para combatir el blanqueo de capitales y mantener la integridad del sistema financiero.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

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Facial [3] | 3-10-2025

¿Cómo funciona?

Cuando se introduce una imagen facial (imagen dubitada) en el sistema, esta se codifica automáticamente mediante un algoritmo y se compara con los modelos de imágenes faciales ya almacenados. De este modo, se obtiene una lista de "candidatos" que recogen los rostros que se parezcan más.

Siempre realizamos un tratamiento manual, que denominamos "identificación facial", para verificar los resultados del sistema automatizado. Concretamente, unos funcionarios cualificados y experimentados de INTERPOL examinan minuciosamente las imágenes, siguiendo un método reconocido internacionalmente por los especialistas, a fin de descubrir características únicas que permitan determinar si se trata de un posible candidato, un candidato descartado o un resultado no concluyente.

La información se trasmite a la fuente de los datos y los países solicitantes, de conformidad con el Reglamento de INTERPOL sobre el Tratamiento de Datos y toda restricción aplicable.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: reconocimiento facial forense, INTERPOL, biometría.

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"No se aprende a nadar leyendo sobre el agua"

Daño moral [4] | 3-10-2025

Sentencia No. 545 de fecha 18-SEP-2003 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO.

Articulando todo lo antes expuesto, el sentenciador que conoce de una acción por daño moral debe hacer un examen del caso en concreto, analizando los siguientes aspectos: a) la entidad (importancia) del daño, tanto físico como psíquico (la llamada escala de los sufrimientos morales); b) el grado de culpabilidad del accionado o su participación en el accidente o acto ilícito que causó el daño (según sea responsabilidad objetiva o subjetiva); c) la conducta de la víctima; d) grado de educación y cultura del reclamante; e) posición social y económica del reclamante, f) capacidad económica de la parte accionada; g) los posibles atenuantes a favor del responsable; h) el tipo de retribución satisfactoria que necesitaría la víctima para ocupar una situación similar a la anterior al accidente o enfermedad; y, por último, i) referencias pecuniarias estimadas por el Juez para tasar la indemnización que considera equitativa y justa para el caso concreto.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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Daño moral [3] | 3-10-2025

Sentencia No. 545 de fecha 18-SEP-2003 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO.

Perfil de la reforma del daño moral: El nuevo régimen tiene las características siguientes, que lo distinguen del régimen anterior:

(...) La reparación del daño moral dejó de ser una decisión graciosa y potestativa del Juez para convertirse en un derecho subjetivo de la víctima.

Dicha reparación deberá ser integral, coexista o no con un daño económico.

Su cuantía será fijada con base en el análisis objetivo de las circunstancias del caso, como son los derechos lesionados, la gravedad de la lesión sufrida, el grado de responsabilidad del causante, la capacidad económica de las partes (responsable y víctima)

(...) Igualmente es encomiable la declaración expresa de que el daño moral será reparado: a) Ya provenga de hecho ilícito extracontractual o contractual; y, b) Ya provenga de riesgo creado (responsabilidad objetiva), en cuyo caso, el causante no debería ser tratado con el mismo rigor que al autor de un hecho ilícito, ni imponerle una indemnización tan alta como a este’. (Bejarano Sánchez, Manuel; Obligaciones Civiles, Universidad Autónoma de México; Colección Textos Jurídicos Universitarios, quinta edición, México D.F., 1999, pp. 194 a la 202).”

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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Daño moral [2] | 3-10-2025

Sentencia No. 545 de fecha 18-SEP-2003 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO.

Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme al artículo 1.913, así como el Estado y sus funcionarios conforme a los artículos 1.927 y 1.928, todos ellos del presente Código.

El monto de la indemnización lo determinará el Juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable y de la víctima, así como las demás circunstancias del caso...’ (...).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
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Daño moral | 3-10-2025

Sentencia No. 545 de fecha 18-SEP-2003 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO.

Por último, es pertinente traer a colación lo que el derecho comparado ha logrado en materia de daño moral, y que a continuación se transcribe:

‘Las reformas legales, publicadas el 31 de diciembre de 1982, determinaron la necesidad de reparar en su integridad los daños espirituales, e introdujeron un principio de congruencia en el sistema de la responsabilidad civil, atribuyendo idéntico trato a los daños económicos y los morales, lo cual constituye un avance considerable en la materia (...) El artículo 1.916 reformado dice: ‘Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de la persona.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"No se aprende a nadar leyendo sobre el agua"

Lobby [3] | 3-10-2025

2.- Lobbies sociales: Se centran en temas relacionados a los derechos humanos y libertades civiles. Un ejemplo es Human Rights Campaign, que trabaja por los derechos de la comunidad LGBTQ+ en Estados Unidos. Sus métodos incluyen la promoción de los llamados «Lobby Day», como dice el artículo de su autoría The LGBTQ+ Community Speaks to Congress: HRC’s Lobby Day Connects Advocates With Federal Lawmakers to Address Urgent Issues Affecting Our Rights.

3.- Lobbies ambientales: Dedicados a promover políticas que protejan al medio ambiente, como Greenpeace, que presiona a los gobiernos para adoptar medidas contra el cambio climático y la deforestación. Actualmente, en Reino Unido ha emprendido acciones legales contra la aprobación gubernamental de proyectos de extracción de petróleo y gas en el Mar del Norte, como los campos de Rosebank y Jackdaw según nos documenta el artículo Environmentalists win chance to challenge North Sea oil and gas plan in court del medio The Times.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"No se aprende a nadar leyendo sobre el agua"

2 de octubre de 2025

Complementaria, nueva | 2-10-2025

Diferencia entre prueba complementaria y prueba nueva 

La prueba complementaria es aquella cuya finalidad es comprender o ampliar el hecho controvertido, como por ejemplo, tener el resultado de una experticia después de celebrarse la preliminar. La prueba complementaria se conoce después de realizarse la audiencia preliminar.

En cambio, la prueba nueva surge de elementos que se conocieron durante el desarrollo del juicio oral, es decir, se trata de un hecho novedoso, de modo que la prueba se orienta en demostrar el nuevo hecho descubierto durante el debate. Un ejemplo práctico podría ser que existan dos experticias contradictorias en el cúmulo probatorio y al evacuarlas, el juez, de oficio o las partes solicitan una tercera experticia para esclarecer la situación.

Ambas pruebas son cruciales en el juicio oral: una añade contexto o detalle a la información presentada (prueba complementaria); y la otra introduce una nueva información (prueba nueva).

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Lobby [2] | 2-10-2025

El surgimiento de los lobbies

El término lobby se originó en el Reino Unido durante el siglo XVIII, cuando individuos interesados en influir en los legisladores esperaban en los pasillos (lobbies) del Parlamento. En sus inicios, estos grupos representaban a la aristocracia y a sectores comerciales. Con la Revolución Industrial, su influencia creció y cruzó fronteras, llegando a los Estados Unidos, donde se institucionalizaron y adquirieron un rol más formal en la política.

Hoy en día, los lobbies representan intereses diversos y complejos. Aunque su influencia no siempre es transparente, no se puede negar su importancia en el diseño de políticas públicas. Algunos de los tipos más comunes de lobbies incluyen:

1.- Lobbies corporativos: Representan a grandes sectores empresariales, buscando normas que favorezcan sus operaciones. Por ejemplo, en 2017, Google fue la empresa que más dinero destinó a influir en políticas en Estados Unidos, según el artículo Google, la reina del ‘lobby’ del medio El País.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Esquemas de lavado [2] | 2-10-2025

Las tres etapas del lavado de dinero

1.- Colocación: La primera etapa del lavado de dinero implica la colocación de fondos ilícitos en el sistema financiero. Por lo general, esto se hace depositando dinero en efectivo en cuentas bancarias o usándolo para comprar activos como propiedades o artículos de lujo. El objetivo es introducir los fondos ilegales en el sistema financiero legítimo, dificultando el rastreo de su origen.

2.- Estratificación: En la etapa de estratificación, los fondos ilícitos se separan aún más de su fuente ilegal a través de una serie de transacciones complejas. Esto a menudo implica múltiples transferencias, conversiones y movimientos de fondos entre diferentes cuentas y jurisdicciones. El propósito de la estratificación es crear confusión y ofuscar el rastro de papel, lo que dificulta que las agencias de aplicación de la ley rastreen los fondos ilícitos.

3.- Integración: La etapa final del lavado de dinero es la integración, donde los fondos lavados vuelven a ingresar a la economía como transacciones legítimas. Por lo general, esto implica invertir los fondos en negocios legales, comprar bienes raíces o adquirir activos de alto valor. Al integrar los fondos blanqueados en la economía legal, los delincuentes pueden utilizar y disfrutar libremente de las ganancias ilícitas sin levantar sospechas.

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Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Incidencia de recusación | 2-10-2025

Sentencia No. 224 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
En el presente caso, la Sala constata que el recurso de casación interpuesto, no se circunscribe dentro de los supuestos de admisión previstos en el artículo 451, del Código Orgánico Procesal Penal, debido a que el fallo dictado por la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, es una decisión proferida en el curso de una incidencia de recusación, la cual no pone fin al proceso penal, ni impide su continuación.

Al respecto, esta Sala de Casación Penal ha establecido mediante sentencia N° 221, del 9 de mayo de 2007, ratificada el 11 de noviembre de 2022 mediante sentencia N° 353, lo siguiente:

“(…) el acceso a la impugnación de las sentencias que tiende a garantizar la tutela judicial efectiva, se ejerce a través de los recursos establecidos por la ley, de tal manera que la incidencia de recusación no es recurrible en casación, por cuanto no existe disposición legal que así lo establezca (…)” 

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Medio ordinario | 2-10-2025

Sentencia No. 223 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
Ahora bien, dicho lo anterior es preciso acotar que aun cuando el recurso de apelación es un medio ordinario previsto en el Código Orgánico Procesal Penal; no obstante, lo es para impugnar las decisiones proferidas por los juzgados de primera instancia, por lo que, el recurso ejercido (...) no se encuentra dentro de los medios recursivos establecidos para impugnar las decisiones de la segunda instancia, por lo tanto resulta forzoso para esta Sala de Casación Penal declarar IMPROPONIBLE (...)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Facial [2] | 2-10-2025

Factores que intervienen en la identificación facial

Al contrario de lo que ocurre con las huellas dactilares y el ADN, que son inalterables durante toda la vida, el reconocimiento facial debe tener en cuenta distintos factores, como:

• el envejecimiento;
• la cirugía plástica;
• los cosméticos;
• los efectos del consumo excesivo de drogas o tabaco;
• la postura de la persona.

La buena calidad de las imágenes es un aspecto crucial. Así, es posible que el sistema no pueda tratar imágenes de calidad baja, y aun en el supuesto de conseguirlo, es posible que influya considerablemente tanto en la precisión de la búsqueda como en los propios resultados.

Resulta ideal disponer de una fotografía de pasaporte conforme a la norma de la OACI, ya que se trata de una imagen frontal de la persona con iluminación homogénea en el rostro y un fondo neutro. Las imágenes recopiladas durante las investigaciones policiales pueden usarse aunque no cumplan la norma de la OACI, siempre que tengan una calidad suficiente para el sistema de reconocimiento facial.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: reconocimiento facial forense, INTERPOL, biometría.

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Modos de inicio | 2-10-2025

Modo de inicio del proceso penal 

1.- Investigación de oficio: procede cuando el Ministerio Público o las autoridades policiales tienen conocimiento de la comisión de un hecho punible de acción pública, por lo tanto, deben iniciar una investigación y practicar las diligencias necesarias. En caso de ser recibida la noticia por las autoridades policiales, estas deberán informar al representante del Ministerio Público dentro de las 12 horas siguientes.

2.- Por denuncia: se inicia cuando una persona tiene conocimiento de un hecho delictivo y lo denuncia. La denuncia puede formularse ante el Ministerio Público o un órgano de investigación penal. El carácter como víctima no se adquiere por formular una denuncia.

3.- Por querella: es un acto formal y escrito a través del cual la víctima de un delito inicia un proceso judicial, y al hacerlo, se constituye como una parte activa en él; debiendo seguir el procedimiento establecido en el Código Orgánico Procesal Penal (2021).

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Contradictorio | 2-10-2025

El principio procesal del contradictorio 

El carácter contradictorio es uno de los pilares fundamentales del proceso penal. Esto significa que las partes del proceso tienen derecho de participar activamente, confrontar pruebas, interrogar testigos y presentar sus argumentos.

No se trata solamente de escuchar una versión, sino de garantizar que cada parte pueda responder, debatir y defender su posición.

En otras palabras, el proceso penal no es un monólogo, es un diálogo jurídico. De la discusión sale la luz, la verdad y por ende la justicia.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Correcta motivación | 2-10-2025

Motivación de la sentencia jurídica 

La motivación de la sentencia jurídica constituye un aspecto clave para garantizar el debido proceso y la transparencia judicial.

¿Qué es la motivación?

La motivación es el razonamiento que justifica una decisión judicial, ya que el juez debe explicar el porqué toma una decisión. No basta con decir "se condena", "se absuelve" o "se decreta el sobreseimiento" debe fundamentarse, por lo tanto, es necesario que la decisión judicial se fundamente en hechos, pruebas y normas jurídicas.

¿Cómo se apreciarán las pruebas?

Las pruebas se apreciarán según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia.

¿Qué garantiza la correcta motivación?

La correcta motivación garantiza el derecho a la defensa, así como la tutela judicial efectiva. Una sentencia mal motivada es susceptible de apelación.

"Una sentencia bien motivada no sólo convence a las partes, sino que también fortalece la confianza en el sistema de justicia".

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

1 de octubre de 2025

Motivación | 1-10-2025

Sentencia No. 261 de fecha 28-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Por lo que, es importante traer a colación que, en cuanto a la falta de motivación, la doctrina ha decantado cuatro situaciones en que se puede acudir a la casación, a saber:

(i) Ausencia absoluta de motivación. Se presenta cuando el fallador no expone las razones de orden probatorio ni los fundamentos jurídicos en los cuales sustenta su decisión. En otros términos, ausencia absoluta de motivación en la elaboración de los juicios de hecho y de derecho.

(ii) Motivación incompleta o deficiente. Se omite analizar uno de los dos aspectos señalados o los motivos aducidos, son insuficientes para identificar las causas en las que ella se sustenta.

(iii) Motivación ambivalente o dialógica. Consiste en que las contradicciones que contiene la motivación, impiden desentrañar su verdadero sentido o las razones expuestas en ella, son contrarias a la determinación finalmente adoptada en la resolutiva.

(iv) Motivación falsa. La motivación del fallo se aparta abiertamente de la verdad probada.

A la luz de lo anteriormente expuesto y siendo criterio reiterado por esta Sala, que cuando se denuncia el vicio de inmotivación, debe especificarse dentro de cuales supuestos no cumplió el juzgador con su deber de motivar, siendo excluyentes entre si el primero de los supuestos con el resto de los mismos, situación que en el caso de marras no queda clara, dado que los recurrentes en cuanto a este punto obvian exponer sus alegatos de forma inteligible, al contrario exponen la respuesta dada por la alzada, lo que resulta en una evidente carencia de la debida técnica recursiva, lo cual no puede ser suplido por esta Sala.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Muchos dijeron ser oro y se les pegó el imán"

Lobby | 1-10-2025

¿Qué son los lobbies? | LOS GRUPOS DE PRESIÓN POLÍTICA | El Papel de los Grupos de Presión como Actores Fundamentales en el Poder

(...) los grupos que buscan influir en la política. Titulada Los Grupos de Presión Política, esta colección de diez capítulos nos llevará a descubrir cómo los lobbies, esas fuerzas silenciosas que operan tras las sombras, moldean las decisiones de los gobiernos y redefinen las dinámicas del poder judicial, con implicaciones que trascienden fronteras y afectan incluso los escenarios geopolíticos.

A lo largo de la historia, el ser humano ha buscado formas de organización para garantizar la supervivencia y prosperidad de las comunidades. Desde los primeros grupos nómadas que aprendieron a cooperar en el Paleolítico, hasta las grandes civilizaciones que erigieron imperios, la gobernanza ha evolucionado en múltiples formas. Estas estructuras se moldearon en torno a factores como la religión, la lengua y la cultura, dando lugar a las naciones modernas. Con el tiempo, los sistemas políticos se dividieron principalmente entre democracias y autocracias, cada uno adaptado a sus contextos y sirviendo de base para las ideologías políticas.

Sin embargo, en paralelo al poder soberano de los Estados, con el cambio de las dinámicas económicas, surgieron otros actores con intereses propios: corporaciones, organizaciones y grupos influyentes que aprendieron a utilizar el sistema para su beneficio. Es en este contexto donde nacen los lobbies, protagonistas de nuestra serie, que se han convertido en actores esenciales para entender las dinámicas de poder en el mundo contemporáneo, incluso llegando a superar el poder de las naciones.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Muchos dijeron ser oro y se les pegó el imán"

Facial | 1-10-2025

El Sistema de Reconocimiento Facial de INTERPOL

El Sistema de Reconocimiento Facial de INTERPOL, que entró en funcionamiento a finales de 2016, contiene imágenes faciales enviadas por la mayoría de nuestros países miembros, lo que la convierte en una base de datos policiales de ámbito mundial única.

El sistema, desarrollado con una potente aplicación informática automatizada de identificación biométrica, facilitada por nuestro socio de biometría IDEMIA, puede identificar a una persona o comprobar su identidad mediante la comparación y el análisis de las pautas, formas y proporciones de sus rasgos y contornos faciales. Sin embargo, no incluye directamente la medición de la distancia entre rasgos.

Desde su creación, el Sistema de Reconocimiento Facial de INTERPOL ha ayudado a identificar a miles de personas, lo que incluye a terroristas, delincuentes, prófugos, personas de interés y desaparecidos.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: reconocimiento facial forense, INTERPOL, biometría.

La frase del día 
"Muchos dijeron ser oro y se les pegó el imán"

Esquemas de lavado | 1-10-2025

De ilícito a legítimo: el poder de los esquemas de lavado de dinero

Entendiendo los Esquemas de Lavado de Dinero

El blanqueo de capitales es un proceso diseñado para ocultar la fuente ilegal de dinero, generalmente producto del delito, dándoles la apariencia de legitimidad (UNODC – Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito). Implica tres etapas: colocación, estratificación e integración.

¿Qué es el blanqueo de capitales?

El lavado de dinero se refiere al proceso de hacer que los fondos obtenidos ilícitamente parezcan legales y legítimos. Permite a los delincuentes disfrazar el origen del dinero e integrarlo en la economía legal. Al hacerlo, pueden evitar sospechas, incautar activos y evadir el enjuiciamiento.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

La frase del día 
"Muchos dijeron ser oro y se les pegó el imán"