Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Adicionalmente, obvió las disposiciones contenidas en el artículo 87 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cuyo texto señala lo que se cita a continuación:
“Artículo 87. Para actuar ante cualquiera de la Salas del Tribunal Supremo de Justicia se requiere la asistencia jurídica de una abogada o un abogado que cumpla los requisitos que exige el ordenamiento jurídico”.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Judas no estaba en la multitud, estaba en la mesa; por lo tanto, no todos los cercanos son leales"
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