— Presunción iuris tantum: el hecho se considera verdadero hasta que se pruebe lo contrario, por lo tanto, admite prueba en contrario.
— Presunción iuris et de iure: se considera un hecho probado y no puede ser rebatido, por consiguiente, no admite prueba en contrario.
Fuente digital de la información:
La frase del día
"Te conviertes en lo que crees. Tus pensamientos son los arquitectos de tu realidad"
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