“Puedes comprar
comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes
comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la
inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar
conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la
fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz”
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA 4 LA CARGA
DE LA PRUEBA. La carga procesal. La contraprueba y la confesión ficta. La inversión de
la carga de la prueba.
Carga de la prueba: Regla de juicio
Carga
de la prueba es una regla de juicio
que desde el punto de vista subjetivo
y concreto le indica a las partes
quien tiene la carga, el interés en el proceso de probar.
Se le
puede indicar al demandante, al demandado o a ambos, ya que eso va a depender
de la posición que asuma el demandado al contestar la demanda. La parte que
tenga la carga o interés de demostrar en el proceso se dará por aludida.
La
regla de juicio le indica al juez como debe sentenciar en el proceso cuando
solamente observa alegatos sin existir pruebas.
Dicha
regla solamente opera en obligaciones
civiles.
Regla
de juicio = Aspecto objetivo y abstracto que le incumbe el juez.
1354 CC.- "Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de
ella debe por su parte probar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación."
506 CPC.- "Las partes tienen la carga de probar sus respectivas
afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla,
y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el
pago o el hecho extintivo de la obligación.
Los hechos notorios no son objeto de prueba."
Nota.- Las acciones se deben respaldar con el instrumento
fundamental de la demanda.
Nota.- El demandante puede plantear sus hechos y reservarse
presentar el instrumento fundamental.
Frase
reflexiva:
“Puedes comprar
comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes
comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la
inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar
conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la
fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz”
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!