20 de junio de 2016

20-06-2016 Pruebas (59)

Frase reflexiva:
Puedes comprar comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 4 LA CARGA DE LA PRUEBA. La carga procesal. La contraprueba y la confesión ficta. La inversión de la carga de la prueba.

Carga de la prueba: Regla de juicio

Carga de la prueba es una regla de juicio que desde el punto de vista subjetivo y concreto le indica a las partes quien tiene la carga, el interés en el proceso de probar.

Se le puede indicar al demandante, al demandado o a ambos, ya que eso va a depender de la posición que asuma el demandado al contestar la demanda. La parte que tenga la carga o interés de demostrar en el proceso se dará por aludida.

La regla de juicio le indica al juez como debe sentenciar en el proceso cuando solamente observa alegatos sin existir pruebas.

Dicha regla solamente opera en obligaciones civiles.

Regla de juicio = Aspecto objetivo y abstracto que le incumbe el juez.

1354 CC.- "Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella debe por su parte probar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación."

506 CPC.- "Las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación.

Los hechos notorios no son objeto de prueba."

Nota.- Las acciones se deben respaldar con el instrumento fundamental de la demanda.

Nota.- El demandante puede plantear sus hechos y reservarse presentar el instrumento fundamental.

Frase reflexiva:
Puedes comprar comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz

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