“Puedes comprar
comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes
comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la
inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar
conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la
fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz”
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA 4 LA CARGA
DE LA PRUEBA. La carga procesal. La contraprueba y la confesión ficta. La inversión de
la carga de la prueba.
CUANDO NO HAY PRUEBAS
En el caso de no aportar el MDP en 15 días, cuando las
partes aleguen y no existan pruebas, se le asigna el riesgo probatorio a quien
corresponda.
Si no se asumen esa facultad de aportar prueba, la
consecuencia remediable es para el demandante.
Nota.- Cuando el ddo niega, rechaza y contradice los fundamentos
de derecho y de hecho del ddte (negación genérica absoluta) hay un hecho negativo. En este caso la CDLP la tiene el ddte.
Frase
reflexiva:
“Puedes comprar
comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes
comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la
inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar
conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la
fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz”
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