20 de junio de 2016

20-06-2016 Pruebas (57)

Frase reflexiva:
Puedes comprar comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 4 LA CARGA DE LA PRUEBA. La carga procesal. La contraprueba y la confesión ficta. La inversión de la carga de la prueba.

¿A quién le corresponde demostrar en el proceso?

¿Quién prueba?             1354 CC - 506 CPC

¿Quién tiene la carga o interés de probar en el proceso? - Partes: subjetivo y concreto.

¿Cómo debe fallar el juez cuando en el proceso solo existan los alegatos de las partes y no consten en autos sus pruebas? - Juez: objetivo y abstracto.

LA CARGA DE LA PRUEBA.-

La cdlp es un principio que rige en el proceso a la práctica de la prueba.

Frase reflexiva:
Puedes comprar comida, pero no el apetito; puedes comprar medicinas, pero no la salud; puedes comprar camas cómodas, pero no el sueño; puedes comprar libros, pero no la inteligencia; puedes comprar diversión, pero no el placer; puedes comprar conocidos, pero no la verdadera amistad; puedes comprar sirvientes, pero no la fidelidad; puedes comprar días tranquilos, pero no puedes comprar la paz

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