El delito de invasión es doloso y se configura cuando alguien con ausencia de algún título o derecho, toma posesión de un inmueble o bienhechuría ajena, con el propósito de obtener para sí u otra persona, provecho ilícito
Para que exista invasión, no basta con que la persona tome posesión del inmueble, sino que debe impedir al propietario ejercer el uso, goce y disposición del mismo.
Ahora bien, el solo hecho de invadir sin que se obtenga un provecho, también constituye delito y acarrea disminución en la pena.
Es importante destacar que si el sujeto cesa los actos de invasión, también se rebajará la pena. Además, es eximente de responsabilidad penal, el hecho que el invasor desaloje el inmueble e indemnice los daños causados a la víctima.
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La frase del día
"Saber mucho no es lo mismo que ser inteligente. La inteligencia no es solo información, sino también juicio para manejarla" — Carl Sagan