12 de abril de 2016

12-04-2016 Historia (22)

EL DERECHO CANÓNICO

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
HISTORIA DEL DERECHO 

La jurisdicción eclesiástica se divide en:

1) Jurisdicción del Fuero Externo: Referidas a todos los asuntos que atañen al fin social y público de la Iglesia. De ordinario se ejerce con las solemnidades externas y públicas, para conocimiento de todos los hombres, sean o no miembros de la Iglesia.

2) Jurisdicción del Fuero Interno: Tiende al bien privado de los fieles y ordena las relaciones entre el hombre y Dios; por lo tanto debe ventilarse secretamente, en bien de las coincidencias respectivas. Se ejerce bajo el sigilo de la confesión sacramental. Como por ejemplo: la absolución de los pecados, aun cuando hay otras que no requieren la intervención del Confesor, sino la de una autoridad superior eclesiástica, como en las dispensas, los impedimentos, las censuras, etc.
                                                                                                               
3) Jurisdicción Voluntaria: Tiende a conceder gracias o favores y a resolver asuntos no sujetos al rigor del Derecho, sino a lo que pareciera equitativo y conducente al bien general de la Iglesia, a la vida cristiana y a la disciplina eclesiástica. Se ejerce sin proceso judicial.

4) Jurisdicción Contenciosa o Judicial: Se ejerce estrictamente en juicio siguiendo al proceso con todos los trámites y el rigor que el Derecho Canónico prescriben.

Los Tribunales Eclesiásticos: Son los organismos instituidos por el Derecho Canónico para la administración de la justicia eclesiástica.

Estos tribunales se clasifican en: unipersonales y colegiados: de primera, segunda y tercera instancia.

Los tribunales de primera instancia, por regla general, son unipersonales, aunque en su composición entre más de una persona. Lo forman el Ordinario del lugar -Obispo-, con jurisdicción plena. Al lado del Ordinario y formando parte del Tribunal, figura el Provisor, que conoce de asuntos contenciosos; de los que no tengan ese carácter, conoce el Vicario General; teniendo también un secretario, escribientes y todo el personal necesario de un tribunal.

El Tribunal colegiado de primera instancia, además del Provisor, lo integran los Jueces Sinodales (elegidos en el Sínodo o reunión de los funcionarios de la Diócesis). Este Tribunal no es permanente, y es convocado cada vez que se presente una cuestión que resolver.

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