12 de abril de 2016

12-04-2016 Historia (21)

EL DERECHO CANÓNICO

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
HISTORIA DEL DERECHO 

La Jurisdicción Eclesiástica

La palabra “jurisdicción” proviene del latín Jurisdictio que significa declarar el Derecho. En consecuencia, es la facultad que tienen los órganos jurisdiccionales de conocer y fallar las cuestiones sometidas a su consideración.  

En este sentido, la jurisdicción eclesiástica, es la potestad que tienen los jueces y tribunales eclesiásticos para conocer y decidir asuntos de su exclusiva competencia, ejecutar sus fallos y hacer cumplir sus determinaciones.

La potestad jurisdiccional de la Iglesia rige ampliamente las cuestiones eclesiásticas, tanto en civil, criminal, contencioso y, voluntario, siempre que se trate de asuntos puramente espirituales.

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