Tema: Acuerdos Reparatorios
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Objeto, finalidad, efecto y recursos.
Martes, 02 de
Mayo de 2000
El
interés entre la víctima y el imputado en celebrar el acuerdo reparatorio,
tiene como objeto la resolución alternativa del conflicto surgido,
indemnizándose a la víctima con una justa reparación, además de lograrse la
extinción de la acción penal, que por razones de economía procesal, constituye
una solución para evitar procesos largos y costosos.
La procedencia o no de recursos, en contra de las decisiones que se dicten con motivo de la aplicación del procedimiento que por acuerdos reparatorios celebren la víctima y el imputado, radica en el hecho de que dichas decisiones pudieran ser dictadas en violación de la ley, tanto en su forma como en el fondo, lo cual obviamente influiría en el resultado del juicio. En tal virtud, dicha decisión debe quedar sujeta al control por parte del órgano jurisdiccional de alzada.
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