23 de diciembre de 2016

23-12-2016 No imputable

Frase reflexiva:
El miedo es el enemigo de la tranquilidad

Por ser no imputable el autor del hecho o por circunstancia sobrevenida después de cometido el delito.

Irresponsabilidad del imputado por locura o imbecilidad.

Irresponsabilidad del menor de doce años.

Irresponsabilidad del sordomudo.

Irresponsabilidad por omisión.

El matrimonio del imputado con la víctima en delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de las familias.

Por haber quedado abolida toda pena respecto al hecho enjuiciado por una ley posterior.

El desistimiento o abandono de la acusación privada en los delitos de instancia de la parte agraviada.

Casos de operar excusa absolutoria que excluya el ejercicio de la acción penal. Entre las excusas absolutorias, el profesor Alberto Arteaga Sánchez, menciona las siguientes:

- Delitos contra la propiedad cometidos en perjuicio de ciertos parientes;

- La exceptio veritatis en el delito de difamación;

- Las ofensas recíprocas;

- Injurias provocadas por la propia víctima;

- Ofensas en estrados en el curso de un juicio;

- Violencia o resistencia a ultrajes a la autoridad;

- En el delito de rebelión, el hecho de deponer las armas a la primera intimación;

- En el delito de participación en acción sediciosa, el hecho de disolver la asociación al primer requerimiento de la autoridad;

- Testigo que se retracta de su falso testimonio en juicio penal;

- Inexistencia de la condición objetiva de punibilidad;

- Declaratoria de culpabilidad en la quiebra;

- El escándalo público en el delito de incesto;

- La inducción en el suicidio;

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. pp. 122, 123, 124, 126, 131, 132, 133, 134, 136, 137, 138.

Frase reflexiva:
El miedo es el enemigo de la tranquilidad

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