13 de octubre de 2013

Criminalística IX

CRIMINALÍSTICA

CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012

Colección de indicios en el lugar de los hechos

Para no alterar las condiciones físicas de los objetos, instrumentos, armas, manchas, huellas e indicios en general y conservarlos en su forma original, se indican algunas técnicas para la colección adecuada de los indicios o evidencias materiales en el escenario del suceso para conservarlas como las dejó el autor después de consumado el hecho que se investiga. La inalterabilidad de los indicios es importante en la cadena de custodia, por lo que, para el examen pericial de los escenarios sujetos a inspección, se recomienda usar la "pijama forense" a efecto de no contaminar los indicios y no agregar, alterar o modificar la situación y condiciones físicas de las evidencias en los lugares que se investigan.

La colección de indicios se efectúa después de observar y fijar el lugar de los hechos sujeto a investigación, y se realiza con tres operaciones fundamentales: levantamiento, embalaje y etiquetado.

1. Levantamiento. Es una acción de orden técnico para colectar las evidencias físicas. Como principio necesario para no contaminar los diversos indicios y conservar las huellas o vestigios que contienen, deben usarse guantes desechables, ya sea de hule o polietileno, así como utilizar otros instrumentos, como pinza de metal, algodón esterilizado, papel filtro, agua destilada, solución salina, cajas limpias de cartón, tubos de ensayo, cajitas o contenedores de lámina, tablas cuadradas de 8x8 cm, etcétera, todo de acuerdo con lo que se levantará.

2. Embalaje. Es la maniobra que se realiza para guardar, inmovilizar y proteger algún indicio, dentro de algún recipiente protector.

Después de levantar los indicios con sus respectivas técnicas, es importante protegerlos en recipientes apropiados para que lleguen sin contaminación al laboratorio de criminalística y, por consiguiente, los resultados de su análisis y estudio sean auténticos y confiables.

3. Etiquetado. Es la operación final que se efectúa con objeto de reseñar el lugar de procedencia del indicio en cuestión. El etiquetado debe efectuarse en todos los casos, separando un indicio de otro, vale decir, individualizarlos y asignar una etiqueta al contenedor que lo proteja, en la que se mencionen los siguientes aspectos:

a. El número de acta o averiguación previa;

b. El lugar de los hechos o de su hallazgo;

c. La hora de intervención;

d. La clase de indicio;

e. El lugar o área precisa de donde se recogió;

f. Las huellas o características que presenta;

g. La técnica de análisis a que debe someterse;

h. Fecha, nombre y firma del investigador que lo descubrió para su suministro al laboratorio o unidad pericial especializada.

Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 179, 180, 181.

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