31 de julio de 2021

Heterogéneos (2): 31-07-2021

Asimismo, la necesidad de una nueva imputacion en materia de Delitos Heterogéneos también es una consideración ajena al quantum de la pena. En el ejemplo propuesto, es irrelevante que la apropiación indebida calificada merezca una sanción inferior a la atribuida al delito de hurto; el quid está en la variación del derecho a la defensa y en la manera cómo el imputado debe reformular sus argumentos de descargo.

Bibliografía:
Problemas de la Imputación en el Proceso Penal. Giovanni Rionero. Vadell hermanos editores. pp. 102, 103.

La frase del día 
"Nosotros convertimos cualquier lugar en VIP" Anónimo

11 de julio de 2021

Medida de Privación: 11-07-2021

Sentencia No. 1630 de fecha 11 de agosto de 2006, Exp. No. 05-2438 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

Como se puede apreciar, el referido aparte es claro al momento de señalar cuáles son los únicos tiempos que se tomarán en cuenta para los efectos del cómputo del cumplimiento de parte o de la totalidad de la pena impuesta, así como para el otorgamiento de cualquier beneficio o medida solicitada por un condenado o penado, a saber, el tiempo que la persona haya estado sujeta a la “medida de privación judicial preventiva de libertad”, o recluida en cualquier establecimiento del Estado, lo cual es enfatizado al final de ese aparte en el cual se afirma que, “en consecuencia, sólo se tomará en cuenta el tiempo que el penado hubiere estado efectivamente privado de su libertad”.

En efecto, esa disposición expresa diáfanamente la intención del legislador y de la ley, en el sentido de no tomar en cuenta el tiempo que la persona haya estado sujeta a “medidas restrictivas de libertad”, a los efectos del cómputo del cumplimiento de parte o de la totalidad de la pena impuesta, así como para el otorgamiento de cualquier beneficio o medida solicitada por un condenado o penado, sino única y exclusivamente el tiempo que la persona haya estado sujeta realmente a la “medida de privación judicial preventiva de libertad” (denominación que identifica plenamente la medida de coerción personal que recibe ese mismo nombre en el Capítulo III, del Título VIII, del Libro Primero del Código Orgánico Procesal Penal), o recluida en cualquier establecimiento del Estado, de allí que, a tales efectos, conforme al precepto in commento, quedarían excluidas, por ejemplo, las medidas cautelares sustitutivas previstas en el artículo 256 eiusdem.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Si la traición tuviera perdón, el diablo todavía estaría al lado de Dios"

4 de julio de 2021

D. Domiciliaria: 04-07-2021

Sentencia No. 1046 de fecha 06 de mayo de 2003, Exp. No. 02-1818 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

Señaló que hasta la fecha de interposición de la acción de amparo- 5 de marzo de 2002- no se había remitido el recurso de apelación a la Corte de Apelaciones para su decisión, de ahí que resultó evidente la violación de los derechos constitucionales del ciudadano Nogar Rafael Romero Yajure, quien se encontraba privado de libertad durante dos (2) meses, sin que se hubiere ejecutado la medida cautelar de detención domiciliaria, por tal motivo invocó la sentencia dictada por esta Sala, el 4.4.01, con ponencia del Magistrado doctor Antonio José García García, que establece: “...la detención domiciliaria acarreaba privación de libertad y que por lo tanto no prosperaba el aspecto (sic) suspensivo de la ejecución de la medida...”.

Manifestó que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, el 26 de octubre de 2001, advirtió a una Juez de Control (que conoció de un caso similar), que había sido criterio reiterado del Tribunal Supremo de Justicia y demás Tribunales de la República, que la medida sustitutiva de detención domiciliaria, dictada por el Tribunal de Control, es privativa de libertad, por cuanto ella lo que cambia es el lugar de reclusión del imputado, por tanto la apelación u oposición del Fiscal del Ministerio Público, no opera en esta circunstancia el efecto suspensivo establecido.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Aquellos que no aprecian la lealtad, algún día conocerán el costo de la traición"

3 de julio de 2021

Heterogéneos: 03-07-2021

Siempre que se trate de Delitos Heterogéneos la nueva imputación fiscal será obligatoria. Si un sujeto fue presentado en flagrancia por el delito de hurto, y luego se determina en fase de investigación que los hechos inquiridos se correspondían con una apropiación indebida calificada, deberá el fiscal imputar el nuevo delito advertido, pues los presupuestos y estrategias de defensa del encartado habrán cambiado radicalmente.

Bibliografía:
Problemas de la Imputación en el Proceso Penal. Giovanni Rionero. Vadell hermanos editores. p. 102.

La frase del día 
"El tiempo necesita espacio, y espacio se muere de ganas de volver a encontrar a tiempo"