16 de abril de 2016

16-04-2016 UCCVDF


Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales

Los derechos humanos son inherentes a la naturaleza de una persona, reconocidos universalmente, que garantizan el derecho a la vida y a la dignidad humana.

Aplican en todos los individuos sin distinción de raza, sexo, edad, origen étnico, religión, lengua, o cualquier otra condición. Estos derechos son absolutos, progresivos, inalienables e inviolables y tienen como principios, ser interdependientes, indivisibles y estar interrelacionados.

Los derechos humanos son aquellos principios que el hombre posee por el mero de hecho de serlo y están contemplados en los diversos pactos, tratados y decretos universalmente reconocidos.
En Venezuela, el marco jurídico garantiza y protege los derechos humanos, tal y como lo refleja la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 29: “El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles (…)”

En este sentido, el Ministerio Público como órgano del poder ciudadano tiene por objetivo velar por el respeto a los derechos y garantías constitucionales. Eso es posible, gracias a la atribución que posee como Institución de ordenar, dirigir y supervisar todo lo inherente a la investigación penal, garantizando la celeridad y el debido proceso.

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