Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de
Derechos Fundamentales
Los
derechos humanos son inherentes a la naturaleza de una persona, reconocidos
universalmente, que garantizan el derecho a la vida y a la dignidad humana.
Aplican
en todos los individuos sin distinción de raza, sexo, edad, origen étnico,
religión, lengua, o cualquier otra condición. Estos derechos son absolutos,
progresivos, inalienables e inviolables y tienen como principios, ser
interdependientes, indivisibles y estar interrelacionados.
Los
derechos humanos son aquellos principios que el hombre posee por el mero de
hecho de serlo y están contemplados en los diversos pactos, tratados y decretos
universalmente reconocidos.
En
Venezuela, el marco jurídico garantiza y protege los derechos humanos, tal y
como lo refleja la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela en su Artículo 29: “El Estado estará obligado a investigar y
sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus
autoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad,
violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son
imprescriptibles (…)”
En este
sentido, el Ministerio Público como órgano del poder ciudadano tiene por
objetivo velar por el respeto a los derechos y garantías constitucionales. Eso
es posible, gracias a la atribución que posee como Institución de ordenar,
dirigir y supervisar todo lo inherente a la investigación penal, garantizando
la celeridad y el debido proceso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!