Una palabra del legislador reducirá a polvo una biblioteca
TEORÍA DEL PROCESO
JORGE SALAZAR
APLICACIÓN DE LAS LEYES PROCESALES
CIVILES Y PENALES
Tres momentos distintos
1) ¿Qué pasa con los procesos
terminados? > una nueva ley
procesal no afecta en nada a un proceso ya terminado, ya que si lo afecta sería
violar la irretroactividad de la ley.
2) ¿Qué pasa con los procesos en
curso? > aquí encontramos
que la noción de proceso en curso es que el proceso se inicio antes que entrará
la nueva ley procesal, y en consecuencia, está en curso.
La entrada en vigencia de una nueva ley procesal se tiene
que aplicar de manera inmediata al proceso en curso, pero se tiene que ver en
que etapa o fase el proceso se encuentra, puesto que se comenzará aplicar la
nueva ley procesal desde esa etapa. Y tengamos en cuenta que todo lo ocurrido
en las anteriores fases del proceso es perfectamente válido y quedará igual.
P.D. Los efectos procesales hacía el futuro de los actos
anteriores son válidos.
P.D. Toda fase probatoria tiene esencialmente 2 etapas: la 1era
es la promoción de pruebas que es donde se promueven dichas pruebas,
participándole al tribunal los medios probatorios a utilizar en el proceso; y
la 2da es la evacuación de pruebas donde se materializa la prueba, lo que se va
a realizar en el proceso.
3) ¿Qué pasa con los procesos que
están a futuros? > la noción
de ‘procesos futuros’ es que el proceso comenzó después que fue aprobada la
nueva ley; en consecuencia tenemos que se aplica la ley procesal vigente para
el momento en el cual se inicia el proceso.
Frase reflexiva:
Una palabra del legislador reducirá a polvo una biblioteca
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!