Una palabra del legislador reducirá a polvo una biblioteca
TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Clasificaciones del Método
Interpretativo
1.- Los que atienden al procedimiento de interpretación:
1. a Método o sistema gramatical.- Implica interpretar que fue lo que dijo
el legislador al crear la norma.
Art. 4 C.C.- “A la Ley debe
atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las
palabras, según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador.
Cuando no hubiere
disposición precisa de la Ley,
se tendrán en consideración las disposiciones que regulan casos semejantes o
materias análogas; y, si hubiere todavía dudas, se aplicaran los principios
generales del derecho.”
1. b Método o sistema
lógico.- Implica brindar el
sentido de la interpretación coherente y racional de lo que expresa el
legislador. Toda interpretación debe estar guiada por la lógica y la razón.
P.D. La lógica atiende a la correcta formulación del pensamiento
más no a la veracidad de lo que se expresa.
1. c Método o sistema histórico.- Atiende a realizar una averiguación histórica de
la norma para poder comprenderla.
1. d Método sistemático.- Aquí las normas hay que interpretarlas dentro
del contexto jurídico que las rodea.
Frase reflexiva:
Una palabra del legislador reducirá a polvo una biblioteca
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