Una palabra del legislador reducirá a polvo una biblioteca
TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las
Sanciones
Capítulo I
Parte General
Artículo 85. Son eximentes de la responsabilidad por ilícitos
tributarios:
1. La
minoría de edad.
2. La
incapacidad mental debidamente comprobada.
3. El
caso fortuito y la fuerza mayor.
4. El
error de hecho y de derecho excusable.
Frase reflexiva:
Una palabra del legislador reducirá a polvo una biblioteca
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!