El artículo
272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone:
Sistema
penitenciario. El Estado venezolano
garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno
o interna, y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos
penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y
la recreación; funcionarán bajo la dirección de penitenciaristas profesionales
con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración
descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales, o municipales, pudiendo
ser sometidos a modalidades de privatización.
En general, se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso, las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria.
El Estado creará las instituciones indispensables para la
asistencia post penitenciaria que posibilite la reinserción social del
ex-interno o exinterna, y propiciará la creación de un ente penitenciario con
carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico.
El texto constitucional:
a) Establece la finalidad de la ejecución de la pena
privativa de libertad, la cual ocurre dentro del Sistema Penitenciario.
b) Reconoce al condenado como sujeto de derechos.
c) Establece las estrategias mediante las cuales aspira
lograr la rehabilitación del penado y la garantía de sus derechos humanos.
Dichas estrategias serían:
Ø
Adopción preferente de
las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de libertad.
Ø Descentralización del
subsistema penitenciario, encargando a los gobiernos estadales y municipales la
gestión penitenciaria que, asimismo, puede privatizarse.
Ø
Creación de un ente,
de carácter autónomo y con personal técnico, para el diseño de políticas penitenciarias.
Ø
Dotación de espacios
para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, así como la dirección
de los establecimientos por profesionales con credenciales académicas
universitarias.
Ø
Asistencia
postpenitenciaria.
Fuente:
El Sistema Penitenciario venezolano durante los 50 años de la democracia petrolera 1958-2008. María G. Morais.
Fuente:
El Sistema Penitenciario venezolano durante los 50 años de la democracia petrolera 1958-2008. María G. Morais.