26 de octubre de 2014

Querella. Acusación Privada II

 DIFERENCIAS ENTRE QUERELLA O ACUSACIÓN PARTICULAR PROPIA, Y ACUSACIÓN PRIVADA

1) La Querella se interpone por la comisión de delitos públicos; la Acusación Privada se interpone por la comisión de delitos privados, o lo que es lo mismo: delitos a instancia de parte agraviada.

2) La Acusación Particular Propia se interpone ante el Juez de Control; la Acusación Privada se interpone directamente ante el Juez de Juicio.

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