LIBRO FINAL
TÍTULO I
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES, DEL MINISTERIO
PÚBLICO Y DE LA DEFENSA PÚBLICA PARA LA ACTUACIÓN EN EL PROCESO PENAL
Capítulo I
De los Órganos Jurisdiccionales Penales
Funciones Jurisdiccionales
Artículo 506. Los jueces o juezas en el ejercicio de las funciones de
control, de juicio y de ejecución de sentencia según sea el caso, actuarán
conforme a las reglas indicadas en este Código.
Parágrafo Único: El Tribunal Supremo de Justicia proveerá la conducente a
los fines de la constante actualización y mejoramiento profesional de los
jueces o juezas y demás funcionarios judiciales.
Fuente: Código Orgánico Procesal Penal: 2012.
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