Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
31 de diciembre de 2020
31-12-2020: privacidad
30 de diciembre de 2020
30-12-2020: grabaciones
28 de diciembre de 2020
28-12-2020: agente
24 de diciembre de 2020
24-12-2020: bingos
21 de diciembre de 2020
21-12-2020: glosario
20 de diciembre de 2020
20-12-2020: dolo
19 de diciembre de 2020
19-12-2020: encubiertas
14 de diciembre de 2020
14-12-2020: asistencia
13 de diciembre de 2020
13-12-2020: organización
12 de diciembre de 2020
12-12-2020: investigación
5 de diciembre de 2020
05-12-2020: diferimiento
14 de noviembre de 2020
14-11-2020: medidas especiales
13 de noviembre de 2020
13-11-2020: procedimiento
7 de noviembre de 2020
07-11-2020: 6.017 (46)
30 de octubre de 2020
30-10-2020: 6.017 (36)
19 de octubre de 2020
19-10-2020: 6.017 (37)
12 de octubre de 2020
12-10-2020: 6.017 (2)
10 de octubre de 2020
10-10-2020: 6.017 (45)
7 de octubre de 2020
07-10-2020: 6.017 (42)
6 de octubre de 2020
06-10-2020: 6.017 (28)
5 de octubre de 2020
05-10-2020: 6.017 (29)
4 de octubre de 2020
04-10-2020: 6.017 (30)
3 de octubre de 2020
03-10-2020: 6.155 (89)
2 de octubre de 2020
02-10-2020: 6.155 (61)
1 de octubre de 2020
01-10-2020: omisión dolosa
30 de septiembre de 2020
30-09-2020: 6.155 (86)
29 de septiembre de 2020
29-09-2020: 6.155 (83)
28 de septiembre de 2020
28-09-2020: 6.155 (72)
27 de septiembre de 2020
27-09-2020: 6.155 (85)
26 de septiembre de 2020
26-09-2020: coautor, cooperador
25 de septiembre de 2020
25-09-2020: sicariato
24 de septiembre de 2020
24-09-2020: cómplices
23 de septiembre de 2020
23-09-2020: competitivo
22 de septiembre de 2020
22-09-2020: moral
21 de septiembre de 2020
21-09-2020: en lote
20 de septiembre de 2020
20-09-2020: alto riesgo
19 de septiembre de 2020
19-09-2020: pago en serie
18 de septiembre de 2020
18-09-2020: remate
17 de septiembre de 2020
17-09-2020: verificaciones
16 de septiembre de 2020
16-09-2020: inexistencia
15 de septiembre de 2020
15-09-2020: jurídica
14 de septiembre de 2020
14-09-2020: manual
13 de septiembre de 2020
13-09-2020: beneficiaria
12 de septiembre de 2020
12-09-2020: actuaciones
11 de septiembre de 2020
11-09-2020: crediticia
10 de septiembre de 2020
10-09-2020: bienes
9 de septiembre de 2020
09-09-2020: sustancias
8 de septiembre de 2020
08-09-2020: instrumentos
7 de septiembre de 2020
07-09-2020: valoración
6 de septiembre de 2020
06-09-2020: comiso
5 de septiembre de 2020
05-09-2020: incautación
4 de septiembre de 2020
04-09-2020: tóxicos
3 de septiembre de 2020
03-09-2020: miedo
2 de septiembre de 2020
02-09-2020: corruptio
1 de septiembre de 2020
01-09-2020: destrucción
31 de agosto de 2020
31-08-2020: decomiso
30 de agosto de 2020
30-08-2020: bienes
29 de agosto de 2020
29-08-2020: material, jurídico
28 de agosto de 2020
28-08-2020: evasión
27 de agosto de 2020
27-08-2020: jerarquizada
26 de agosto de 2020
26-08-2020: mafia
Mafia: la mafia es una organización de poder, que actúa con alianzas y colaboraciones de funcionarios del Estado, especialmente en lo político, además del soporte de ciertas capas de la población.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 132.
La frase del día
"La sangre te hace pariente, pero la lealtad te hace familia"
25 de agosto de 2020
25-08-2020: atenuantes
24 de agosto de 2020
24-08-2020: objeto delito
Objeto del delito: el objeto del delito es, en opinión de Raúl Carranca y Trujillo, la persona o cosa o el bien o el interés jurídico, penalmente protegidos y distingue entre el objeto material y objeto jurídico.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 45.
La frase del día
"La rebeldía es hija de la experiencia" Leonardo Da Vinci
23 de agosto de 2020
23-08-2020: no retenidas
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo V
Disposiciones comunes
Artículo 31. Mercancías no retenidas. Si las mercancías objeto de contrabando no pudieren ser retenidas se aplicará al contraventor multa equivalente al valor en aduanas de las mismas, sin perjuicio de la aplicación de las demás sanciones que sean procedentes.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"La noche y la rebeldía siempre vuelven"
22 de agosto de 2020
22-08-2020: C. agravado
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 20. Contrabando agravado. Serán sancionados o sancionadas con pena de prisión de seis a diez años, quienes:
1. Carguen, descarguen o dispongan suministros, repuestos, provisiones de a bordo, destinados al uso o consumo en los vehículos de transporte, sin el cumplimiento de las formalidades legales.
2. Consuman, dispongan o sustituyan mercancías que se encuentren en proceso o sometidas a un régimen de almacén o de depósito aduanero, sin autorización del funcionario o funcionaria competente, o en traslados autorizados por la autoridad aduanera a los locales del interesado.
3. Declaren o presenten ante la aduana, como sustento de la base imponible o como fundamento del valor, facturas comerciales falsas, adulteradas, forjadas, no emitidas por el proveedor o emitidas por éste en forma irregular en complicidad o no con el declarante.
4. Declaren, presenten o registren electrónicamente ante la aduana, utilizando como sustento del origen declarado, un certificado falso, adulterado, forjado, no validado por el órgano o funcionario autorizado, o validado por éstos en forma irregular en complicidad o no con el declarante.
5. Utilicen, adulteren, tengan o preparen de manera irregular sellos, troqueles u otros mecanismos o sistemas informáticos o contables falsos, forjados o adulterados, en sustitución de aquel empleado por la entidad autorizada, destinados a aparentar el pago a la caución de cantidades debidas o a favor de la Tesorería Nacional.
6. Declaren, emitan, presenten registros electrónicos o utilicen delegaciones, licencias, permisos, informes de inspección o verificación, boletines de análisis de laboratorio, registros u otros requisitos o documentos falsos, adulterados, forjados, no emitidos por el órgano o funcionario autorizado o funcionaria autorizada emitidos por éstos en forma irregular, en complicidad o no con el presentante o declarante, cuando la circulación, transporte, depósito, tenencia, introducción o extracción de mercancías condicionan su exigibilidad.
7. Simulen, física, documental o electrónicamente, los regímenes aduaneros o actividades aduaneras.
8. Destinen mercancías en tránsito al comercio, uso o consumo en el territorio nacional.
9. Extraigan del territorio nacional a cualquier título, bienes que integren el patrimonio cultural de la nación, de interés cultural o aquellos catalogados como tales por el órgano con competencia en materia de cultura, sin la autorización respectiva.
10. Ingresen o extraigan del territorio nacional bienes del patrimonio cultural de otros países, sin la autorización de la autoridad competente cuando ésta sea requerida para el ingreso o salida del país de origen.
11. Reintroduzcan ilegalmente al país mercancías exportadas con beneficios fiscales.
12. Retiren o den salida de la aduana mercancías distintas a las descritas en los documentos registrados ante la autoridad aduanera competente, cuando el desaduanamiento se haya realizado a través de los canales de selectividad, en los procesos automatizados o es detectado luego que se haya autorizado la entrega de las mercancías, aunque las mismas no hayan salido del recinto aduanero.
13. Incluyan mercancías no declaradas en contenedores, en carga consolidada o en envíos realizados a través de empresas de mensajería internacional, cuya detección se realice en el reconocimiento o en una gestión de control posterior.
14. Transporten, comercialicen, depositen o tengan petróleo, combustibles, lubricantes, minerales o demás derivados, fuera del territorio aduanero o en espacios geográficos de la República, incumpliendo las formalidades establecidas en las leyes y demás disposiciones que regulan la materia.
15. Introduzcan o extraigan especímenes de fauna o flora silvestres, sus partes, derivados o productos desde o al territorio y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, incumpliendo las formalidades establecidas en las leyes y demás disposiciones que regulan la materia.
16. Introduzcan o extraigan objetos de arte y de arqueología al o desde el territorio y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, incumpliendo las formalidades establecidas en las leyes, demás disposiciones que regulan la materia y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"La rebelión consiste en mirar una rosa hasta pulverizarse los ojos" Alejandra Pizarnik
21 de agosto de 2020
21-08-2020: proceder
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo VI
De los procedimientos
Artículo 33. Modo de proceder. Los órganos con competencia en materia de contrabando conocerán de los supuestos previstos en esta Ley: de oficio o por denuncia de cualquier funcionario o funcionaria o particular, sin menoscabo de los casos de flagrancia, la cual se regirá conforme a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Nunca le escribas mucho a quien responde poco"
20 de agosto de 2020
20-08-2020: extracción
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 22. Extracción de petróleo o minerales. Quien extraiga del territorio nacional y demás espacios geográficos petróleo, combustibles, minerales o demás derivados, sin cumplir las formalidades establecidas en las leyes y disposiciones que regulan la materia, será sancionado o sancionada con prisión de diez a catorce años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Que nuestra fe sea mayor que el temor"
19 de agosto de 2020
19-08-2020: combustibles
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 21. Introducción de petróleo o minerales. Quien introduzca al territorio nacional y demás espacios geográficos petróleo, combustibles, minerales o demás derivados, sin cumplir las formalidades establecidas en las leyes y disposiciones que regulan la materia, será sancionado o sancionada con prisión de diez a doce años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Dejemos huellas, pero sin pisar a nadie"
18 de agosto de 2020
18-08-2020: Ley Servicio Eléctrico
Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico
Enlace issuu:
https://issuu.com/jorgeleonardosalazarrangel/docs/leyorganicadeservicioelectrico-1
La frase del día
"El día y la noche no pueden vivir juntos" Duwamish
17 de agosto de 2020
17-08-2020: abandono
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 18. Abandono de mercancía. Quien abandone mercancías ilícitamente introducidas al territorio nacional y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, será sancionado o sancionada con prisión de cuatro a seis años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"No te desgastes peleando con quienes están en guerra con ellos mismos"
16 de agosto de 2020
16-08-2020: ocultamiento
Ley sobre el delito de contrabando
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 19. Ocultamiento. Quien por cualquier medio, oculte mercancías para impedir o dificultar el control de la autoridad aduanera dentro de la zona primaria y demás recintos o lugares habilitados, será sancionado o sancionada con prisión de cuatro a seis años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Evita publicar tus problemas en redes sociales. Tus problemas personales requieren soluciones personales, no atención social"
15 de agosto de 2020
15-08-2020: extracción
Contrabando de extracción: consiste en desviar los bienes declarados de primera necesidad del destino original autorizado por el ente contralor, o cuando un bien regulado por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), haya sido extraído o se intente extraer del territorio nacional, cuando su comercialización fue destinada a la zona geográfica de Venezuela.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 129.
La frase del día
"La rebeldía cerrará puertas pero abrirá muchas mentes" Daniel Olguin
14 de agosto de 2020
14-08-2020: químicas
Armas químicas: son armas de destrucción masiva, cuyos componentes tóxicos se componen por sustancias químicas, independientemente de su origen, las cuales son utilizadas en conflictos armados, para matar o disminuir la resistencia del enemigo.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 195.
La frase del día
"Es fácil ser valiente desde la distancia" Omaha
13 de agosto de 2020
13-08-2020: técnico
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 129.
La frase del día
"Recuerda que no todo el mundo te ayudará a empujar el carro, pero cuando prenda todos van a querer montarse"
12 de agosto de 2020
12-08-2020: regímenes
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 12. Regímenes aduaneros especiales. Quien introduzca al territorio aduanero mercancías procedentes de zonas francas, zonas libres, zonas fronterizas, puertos libres, depósitos aduaneros, almacenes libres de impuesto y otros regímenes aduaneros especiales previstos en las leyes y demás Convenios, Tratados o Acuerdos Internacionales, sin haber cumplido los controles aduaneros respectivos, será sancionado o sancionada con prisión de cuatro a seis años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Ser útil es mejor que ser importante"
11 de agosto de 2020
11-08-2020: circunstancias
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 45.
La frase del día
"Son los momentos de lucha los que nos definen"
10 de agosto de 2020
10-08-2020: trasbordo
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 17. Trasbordo. Quien trasborde mercancías extranjeras en el territorio nacional y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela sin estar autorizado por la autoridad aduanera de la jurisdicción respectiva, será sancionado o sancionada con prisión de cinco a siete años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Camino sin piedras no es camino"
9 de agosto de 2020
09-08-2020: desembarque
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 16. Transporte o desembarque. Quien por cualquier medio, transporte o desembarque; mercancías extranjeras no destinadas al tráfico o comercio legítimo con la República Bolivariana de Venezuela u otra nación, será sancionado o sancionada con prisión de cinco a siete años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Cualquiera puede regalarte flores, pero no cualquiera puede hacerte florecer"
8 de agosto de 2020
08-08-2020: nacionalizadas
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 15. Transporte, depósito o tenencia. Quien transporte, deposite o tenga mercancías nacionales o nacionalizadas en vehículos de cabotaje, sin cumplir con el procedimiento aduanero legalmente establecido, será sancionado con prisión de cinco a siete años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Los consejos no se discuten: se agradecen"
7 de agosto de 2020
07-08-2020: cabotaje
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 14. Mercancías extranjeras en vehículos de cabotaje. Quien transporte, deposite o tenga mercancías extranjeras en vehículos de cabotaje no autorizados por la autoridad competente para el tráfico mixto, será sancionado con prisión de cinco a siete años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Unos nacen con las puertas abiertas, otros tenemos que tumbarlas"
6 de agosto de 2020
06-08-2020: extranjeras
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 13. Mercancías extranjeras. Quien tenga, deposite, almacene, comercialice, transporte o circule mercancías extranjeras, ilícitamente introducidas al territorio y demás espacios geográficos de la República o provenientes de comercio ilícito, será sancionado con prisión de cuatro a seis años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"La guerra es la continuación de la política por otros medios" Karl von Clausewitz
5 de agosto de 2020
05-08-2020: abierto
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 129.
La frase del día
"No confíes en las palabras bonitas porque hay personas que tienen azúcar en la boca y veneno en el corazón"
4 de agosto de 2020
04-08-2020: tipos contrabando
Contrabando simple o abierto.
Contrabando técnico.
Contrabando de extracción.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 129.
La frase del día
"Confiar es bueno, pero no confiar es mejor"
3 de agosto de 2020
03-08-2020: beneficiario
Exacta: se utiliza para describir la información que ha sido verificada con exactitud o carácter fidedigno.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 312.
La frase del día
"La autoridad se delega, la responsabilidad se comparte"
2 de agosto de 2020
02-08-2020: terrorismo
Época durante la revolución francesa en que eran frecuentes las ejecuciones por motivos políticos.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 180.
La frase del día
"El futuro nos tortura y el pasado nos encadena. He ahí por qué se nos escapa el presente" Gustave Flaubert
1 de agosto de 2020
01-08-2020: resguardo
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 11. Seguridad para el resguardo. Quien sin estar autorizado, rompa, altere o destruya precintos, sellos, marcas, puertas, envases u otros medios de seguridad para el resguardo de las mercancías, cuyos trámites aduaneros no hayan sido perfeccionados o que no estén destinados al país y extraiga las mercancías o bienes resguardados, será sancionado o sancionada con prisión de cuatro a seis años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Si vamos a caer, que sea en la tentación"
31 de julio de 2020
31-07-2020: incautadas
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 10. Contrabando de mercancías incautadas. Cuando los funcionarios o funcionarias actuantes o depositarios se apropien, dispongan, consuman o distribuyan las mercancías retenidas o incautadas por razones de contrabando o alteren su entrega a la autoridad competente, serán sancionados o sancionadas con prisión de cinco a nueve años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Si queréis mantened vuestro imperio, debéis trabajar duro, sino, os vendrá en ruinas"
30 de julio de 2020
30-07-2020: Sentencia 3592
Corolario de lo anterior es que el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ajustó su actuación a lo dispuesto en el último aparte del referido artículo 323 del Código Adjetivo Penal, que prevé “[...] Si el juez no acepta la solicitud enviará las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal. Si el Fiscal Superior ratifica el pedido de sobreseimiento, el Juez lo dictará pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario. Si el Fiscal Superior del Ministerio Público no estuviere de acuerdo con la solicitud ordenará a otro Fiscal continuar con la investigación o dictar algún acto conclusivo”.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/3592-191203-03-0162.HTM
La frase del día
"Judas demostró que no todo el que besa: ama"
29 de julio de 2020
29-07-2020: tipos autores
Autor mediato: es aquel que realiza el hecho a través de otro al que utiliza como instrumento.
Coautor: el coautor también es autor, pues, requiere reunir todas las cualidades propias de éste. La distinción se establece por la distribución funcional de las acciones a cumplir o por la realización del hecho.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 44.
La frase del día
"Cuídense del hombre callado, porque mientras otros hablan, él escucha; mientras otros actúan, él planea; y cuando ellos finalmente descansan, él ataca" Anónimo
28 de julio de 2020
28-07-2020: despachen
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 9. Despacho o entrega de mercancías sin autorización. Cuando los auxiliares de la administración aduanera encargados del almacenamiento o depósito despachen o entreguen mercancías sin autorización de la aduana, serán sancionados con prisión de cuatro a seis años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados" Mateo 5:6
27 de julio de 2020
27-07-2020: prevención
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 6. Autoridades de prevención. Los cuerpos de policía integrantes del servicio de policía, en todos sus niveles, son autoridades competentes para la ejecución de las políticas de prevención del contrabando.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Hay privilegios que sólo la lealtad puede pagar"
26 de julio de 2020
26-07-2020: nucleares
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 194.
La frase del día
"Vale más sembrar una cosecha nueva que llorar por la que se perdió"
25 de julio de 2020
25-07-2020: contrabando S.
Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas
Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades
Artículo 7. Contrabando simple. Quien por cualquier vía introduzca al territorio y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, extraiga de él mercancías o bienes públicos o privados, o haga tránsito aduanero por rutas o lugares no autorizados, sin cumplir o intentando incumplir los requisitos, formalidades o controles aduaneros establecidos por las autoridades del Estado y las leyes, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Podemos perdonar fácilmente a un niño que teme a la oscuridad, la verdadera tragedia es cuando los hombres le temen a la luz" Platón
24 de julio de 2020
24-07-2020: sentencia 37
Ahora bien, como se desprende del artículo transcrito el delito de Hurto se consuma con el sólo apoderamiento o la sustracción o hasta con la remoción instantánea del objeto, lo cual constituye el agotamiento subjetivo de la acción, aunque se haya frustrado el lucro que el sujeto activo perseguía. Apenas se produce el apoderamiento hay la lesión consumada contra la propiedad.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/161299-037-12214-2014-C12-316.HTML
La frase del día
"El mal prevalece cuando los hombres buenos dejan de actuar"
23 de julio de 2020
23-07-2020: 6.017
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto tipificar y sancionar los actos y omisiones que constituyan ilícitos penales o administrativos en materia de contrabando.
Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 del 30 de diciembre de 2010.
La frase del día
"Cometer un error y no corregirlo, es otro error" Confucio
22 de julio de 2020
22-07-2020: contrabando -2-
Esta acción antijurídica se distingue del tráfico, por el hecho cierto que, la mercancía u objetos contrabandeados son de lícito comercio, es decir, no se encuentra prohibida su comercialización, pues lo que se persigue es evadir el pago de impuesto y tasas aduanales; mientras que los objetos traficados, son de naturaleza ilícita, y no está regulada su comercialización, como es el caso de las drogas; y estando reguladas merecen permisología especial y controles más rigurosos, por ejemplo, la compra y venta de armas, alcohol, tabaco, etc.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 129.
La frase del día
"No hables del mal, porque provoca curiosidad en el corazón de los jóvenes" Proverbio indios Lakota
21 de julio de 2020
21-07-2020: contrabando
Etimológicamente, el término "contrabando" proviene de la conjunción de dos palabras, "contra", que significa lo opuesto a un mandato, acción o situación que se presente; y "bando", que quiere significar una ley, edicto o reglamento, etc. El contrabando es pues, toda actividad de exportación o importación, realizada por cualquier persona, en lugares no aptos para ello, con lo cual se busca evadir los controles aduaneros y su intervención para el pago de tasas aduanales e impuestos.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 128.
La frase del día
"Los pobres saben dar desde su pobreza"
20 de julio de 2020
20-07-2020: asociación
En primer término y para definir la conducta que ha de desplegar el sujeto activo para la comisión de esta acción antijurídica, se debe determinar el verbo o núcleo rector, por ser éste quien define la conducta típica, siendo el de "formar", toda vez que, como bien se ha establecido anteriormente, el delito se castiga por el sólo hecho de pertenecer o formar parte de una organización criminal de delincuencia organizada.
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. pp. 103, 104.
La frase del día
"Con los zorros hay que ser un poco zorro" Thomas Fuller
19 de julio de 2020
19-07-2020: reaseguro
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 145.
La frase del día
"Los que tienen un pie en la canoa y un pie en el bote, van a caer al río" Tuscarora
18 de julio de 2020
18-07-2020: material
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 145.
La frase del día
"Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fue el único que preguntó porqué" Bernard M. Baruch
17 de julio de 2020
17-07-2020: suscripción
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 145.
La frase del día
"La disciplina es el puente entre metas y logros" Jim Rohn
16 de julio de 2020
16-07-2020: armas
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 193.
La frase del día
"Enséñame a un héroe y te escribiré una tragedia" Francis Scott Fitzgerald
15 de julio de 2020
15-07-2020: virtuales
En los últimos años se ha tratado de definir de una manera adecuada las monedas virtuales, más aún con el auge y desarrollo contemporáneo de éstas a través de la web. Una de las definiciones más completas las definen como: "...divisas digitales no reguladas, que son emitidas y controladas por quienes las desarrollan, y son usadas y aceptadas entre los participantes de una comunidad virtual determinada; se pueden ganar o comprar, y son empleadas para adquirir productos virtuales o reales, así como para intercambiar servicios o realizar cualquier otra transacción. Linden Dollars, Facebook Credits, Amazon Coins, y Bitcoins, son algunas de las monedas virtuales de mayor popularidad en la actualidad, pues cumplen con la función de medio de intercambio al permitir que dos sujetos económicos intercambien bienes; son unidad de cuenta cuando facilitan medir y comparar el valor de los productos; y contribuyen a la innovación financiera al brindar alternativas de pago adicionales a los consumidores..."
Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 199.
La frase del día
"Es sencillo hacer que las cosas sean complicadas, pero difícil hacer que sean sencillas" Friedrich Nietzsche
14 de julio de 2020
14-07-2020: ciencia
Del latín scientia: "Disposición ordenada de los conocimientos comprobados que incluye además de los métodos por los que se adquiere tal conocimiento y los criterios con que se comprueba su certeza. Cuerpo de doctrina metódicamente formado y ordenado, que constituye un ramo particular del saber humano" (Gran Enciclopedia Espasa).
Dicho concepto está referido al conocimiento teórico, inductivo y sistemático sobre la realidad; conocimiento que es derivado de la observación y experimentación metódicas; por lo que, con más propiedad, la ciencia es definida como un conjunto de conocimientos sobre la realidad observable, obtenidos mediante el método científico.
Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 41.
La frase del día
"Si quieres que tu secreto sea guardado, guárdalo tú mismo" Lucio Annea Séneca
13 de julio de 2020
13-07-2020: informática
La informática es el conjunto de conocimientos científicos y técnicos que hacen posible el tratamiento de la información por medio de ordenadores (computadoras) electrónicos. Dado que, desde su aparición la evolución de dicha ciencia ha sido espectacular, también se la conoce como tecnología de la información y, así mismo, se habla de una revolución tecnológica y de un ciberespacio, de gran incidencia en todos los ámbitos de la sociedad.
Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 96.
La frase del día
"De humanos es errar y de necios permanecer en el error" Cicerón
12 de julio de 2020
12-07-2020: gerentes
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 5. Responsabilidad de las personas jurídicas. Cuando los delitos previstos en esta Ley fueren cometidos por los gerentes, administradores, directores o dependientes de una persona jurídica, actuando en su nombre o representación, éstos responderán de acuerdo con su participación culpable.
La persona jurídica será sancionada en los términos previstos en esta Ley, en los casos en que el hecho punible haya sido cometido por decisión de sus órganos, en el ámbito de su actividad, con sus recursos sociales o en su interés exclusivo o preferente.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"La rebeldía ante lo injusto es la más alta de las virtudes"
11 de julio de 2020
11-07-2020: sabotaje
TÍTULO II
DE LOS DELITOS
Capítulo I
De los Delitos Contra los Sistemas que utilizan Tecnologías de Información
Artículo 7. Sabotaje o daño a sistemas. Todo aquel que con intención destruya, dañe, modifique o realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema que utilice tecnologías de información o cualesquiera de los componentes que lo conforman, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.
Incurrirá en la misma pena quien destruya, dañe, modifique o inutilice la data o la información contenida en cualquier sistema que utilice tecnologías de información o en cualesquiera de sus componentes.
La pena será de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas unidades tributarias, si los efectos indicados en el presente artículo se realizaren mediante la creación, introducción o transmisión intencional, por cualquier medio, de un virus o programa análogo.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"Los sueños sólo mueren, si muere el soñador"
10 de julio de 2020
10-07-2020: fraudulento
TÍTULO II
DE LOS DELITOS
Capítulo I
De los Delitos Contra los Sistemas que utilizan Tecnologías de Información
Artículo 16. Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos. Toda persona que por cualquier medio cree, grabe, copie, altere, duplique o elimine la data o información contenidas en una tarjeta inteligente o en cualquier instrumento destinado a los mismos fines; o la persona que, mediante cualquier uso indebido de tecnologías de información, cree, capture, duplique o altere la data o información en un sistema, con el objeto de incorporar usuarios, cuentas, registros o consumos inexistentes o modifique la cuantía de éstos, será penada con prisión de cinco a diez años y multa de quinientas a mil unidades tributarias.
En la misma pena incurrirá quien, sin haber tomado parte en los hechos anteriores, adquiera, comercialice, posea, distribuya, venda o realice cualquier tipo de intermediación de tarjetas inteligentes o instrumentos destinados al mismo fin, o de la data o información contenidas en ellos o en un sistema.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"Educar a una persona mental y no moralmente es educar una amenaza para la sociedad" Theodore Roosevelt
9 de julio de 2020
09-07-2020: finales
TÍTULO IV
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 32. Vigencia. La presente Ley entrará en vigencia, treinta días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 33. Se deroga cualquier disposición que colida con la presente Ley.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"La rebeldía es la virtud original del hombre" Arthur Schopenhauer
8 de julio de 2020
08-07-2020: atribuciones MP
Artículo 285. Son atribuciones del Ministerio Público:
1. Garantizar en los procesos judiciales el respeto a los derechos y garantías constitucionales, así como a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.
2. Garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.
3. Ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles para hacer constar su comisión con todas las circunstancias que puedan influir en la calificación y responsabilidad de los autores o las autoras y demás participantes, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.
4. Ejercer en nombre del Estado la acción penal en los casos en que para intentarla o proseguirla no fuere necesaria instancia de parte, salvo las excepciones establecidas en la ley.
5. Intentar las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, laboral, militar, penal, administrativa o disciplinaria en que hubieren incurrido los funcionarios o funcionarias del sector público, con motivo del ejercicio de sus funciones.
6. Las demás que establezcan esta Constitución y la ley.
Estas atribuciones no menoscaban el ejercicio de los derechos y acciones que corresponden a los o las particulares o a otros funcionarios o funcionarias de acuerdo con esta Constitución y la ley.
Fuente de la información: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela vigente.
La frase del día
"La rebeldía es el instinto animal en el reflejo del hombre" Julio Martínez
7 de julio de 2020
07-07-2020: COT
Descriptores: Decreto Constituyente. Código Orgánico Tributario (COT). 29 enero 2020 (29-01-2020). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.507 Extraordinario. Jorge Leonardo Salazar Rangel.
ISSUU enlace:
https://issuu.com/jorgeleonardosalazarrangel/docs/e-2912020-5772
La frase del día
"Es a través de la desobediencia y la rebelión que se ha hecho el progreso"
6 de julio de 2020
06-07-2020: indemnización
TÍTULO III
DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 31. Indemnización Civil. En los casos de condena por cualquiera de los delitos previstos en los capítulos II y V de esta Ley, el juez impondrá en la sentencia una indemnización en favor de la víctima por un monto equivalente al daño causado.
Para la determinación del monto de la indemnización acordada, el juez requerirá del auxilio de expertos.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"Algún día el yunque, cansado de ser yunque, pasará a ser martillo" Mijaíl Bakunin
5 de julio de 2020
05-07-2020: extraterritorialidad
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 3. Exraterritorialidad. Cuando alguno de los delitos previstos en la presente Ley se cometa fuera del territorio de la República, el sujeto activo quedará sometido a sus disposiciones si dentro del territorio de la República se hubieren producido efectos del hecho punible, y el responsable no ha sido juzgado por el mismo hecho o ha evadido el juzgamiento o la condena por tribunales extranjeros.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"El rebelde salvará al barco cuando todos han aceptado morir" Analy Zarraga
4 de julio de 2020
04-07-2020: sanciones
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 4. Sanciones. Las sanciones por los delitos previstos en esta Ley serán principales y accesorias.
Las sanciones principales concurrirán con las penas accesorias y ambas podrán también concurrir entre sí, de acuerdo con las circunstancias particulares del delito del cual se trate, en los términos indicados en la presente Ley.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"El pueblo, el fuego y el agua no pueden ser domados nunca" Focílides
3 de julio de 2020
03-07-2020: agravantes
TÍTULO III
DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 27. Agravantes. La pena correspondiente a los delitos previstos en la presente Ley se incrementará entre un tercio y la mitad:
1. Si para la realización del hecho se hubiere hecho uso de alguna contraseña ajena indebidamente obtenida, quitada, retenida o que se hubiere perdido.
2. Si el hecho hubiere sido cometido mediante el abuso de la posición de acceso a data o información reservada, o al conocimiento privilegiado de contraseñas en razón del ejercicio de un cargo o función.
Fuente de la información: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.313 del 30 de octubre de 2001. Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
La frase del día
"Si te dan un papel pautado, escribe por detrás" Juan Ramón Jiménez