4 de febrero de 2015

Histórico

DERECHO ROMANO

Proceso Histórico del Delito.

Como todo país antiguo, la venganza privada prevaleció sobre otros sistemas; la víctima de un delito tiene derecho a causar otro daño al victimario y la primera limitación a la generalidad de la venganza la constituye la ley del talión que evita el exceso del derecho. 

Posteriormente aparece la figura de la composición voluntaria, la víctima puede optar por la venganza o por el resarcimiento económico, de esta composición se pasa a la legal, ya la víctima es privada del derecho a la venganza personal y será el funcionario judicial quien determine la pena del victimario. 

Por último, el Estado se atribuye la venganza pública al considerar al delito atentatorio al orden público, sin perjuicio del resarcimiento por el daño causado a los particulares.

Fuente: Derecho Romano I y II. Gerardo Ontiveros Paolini. Distribuidora Rikei, C.A., Caracas-Venezuela 2006. pp.183, 184.

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