DERECHO ROMANO
Proceso Histórico del Delito.
Como todo país antiguo, la venganza privada
prevaleció sobre otros sistemas; la víctima de un delito tiene derecho a causar
otro daño al victimario y la primera limitación a la generalidad de la venganza
la constituye la ley del talión que evita el exceso del derecho.
Posteriormente
aparece la figura de la composición voluntaria, la víctima puede optar por la
venganza o por el resarcimiento económico, de esta composición se pasa a la
legal, ya la víctima es privada del derecho a la venganza personal y será el
funcionario judicial quien determine la pena del victimario.
Por último, el
Estado se atribuye la venganza pública al considerar al delito atentatorio al
orden público, sin perjuicio del resarcimiento por el daño causado a los
particulares.
Fuente: Derecho
Romano I y II. Gerardo Ontiveros Paolini. Distribuidora Rikei, C.A.,
Caracas-Venezuela 2006. pp.183, 184.
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