Tablas I, II, III
Contendrían derecho procesal privado.
El procedimiento que regulan es el de las acciones de la
ley, acciones judiciales en que en virtud de la Ley de las XII Tablas podrían ejercer los ciudadanos romanos
para la defensa de sus derechos. El proceso se
caracterizaba por su excesivo formalismo, las partes
debían pronunciar determinadas palabras, a veces muy complicadas,
obligatoriamente si querían tener posibilidades de ganar el litigio o debían
realizar ritos. Detrás de este formulismo estaba el
sentimiento religioso.
La intervención del poder público era escasa. El pretor era el magistrado que presidía el proceso,
encauzándolo y fijando la controversia, pero el juez
que dictaba sentencia era un ciudadano elegido de común acuerdo por las partes.
La ejecución de la sentencia
condenatoria de un deudor se regulaba muy detalladamente.
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