Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
Formación y Consignación del Inventario Inicial de los
Bienes del Pupilo
Una de
las funciones que le están encomendadas a tutor, es la administración de los
bienes del menor, y después de haberlo inventariado es que podrá es que podrá
administrarlos; a fin de saber con claridad cual es la consistencia y los
bienes que se deben rendir cuenta posteriormente y restituir.
Aquí se
conocerá con precisión los bienes que pertenecen al menor y se determinará el
monto de la caución que le será exigida al tutor con vistas al inventario.
Discernimiento del Cargo: Constituye la habilitación que da el Tribunal al tutor
considerándolo como tal y con capacidad plena para cumplir las funciones
inherentes a su cargo, implica también el cumplimiento de las demás
formalidades previas.
El Dr. Aguilar Gorrondona señala, que es
el acto judicial consistente en autorizar al tutor para entrar en ejercicio de
sus funciones y también el instrumento o documento en el cual consta dicha
autorización.
El
Discernimiento del Cargo se encuentra previsto en el artículo 312 del Código
Civil:
- Artículo 312 C.C: Con excepción de los abuelos y abuelas, los demás tutores
de quienes se ha tratado en los artículos anteriores, necesitan discernimiento
para ejercer su encargo.
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