31 de julio de 2016

31-07-2016 Ilícitos (24)

Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos

En fecha 30 de diciembre de 2015 fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.210 Extraordinario, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos

Artículo 24
Difusión de información falsa sobre el tipo de cambio 

Quienes de manera directa o indirecta participen en la elaboración de cualquier engaño o artificio, con la finalidad de difundir vía electrónica, televisión, radio o comunicación de cualquier tipo, escritos, señales, imágenes o sonidos, información falsa o fraudulenta referida al tipo de cambio aplicable a las divisas en la República Bolivariana de Venezuela serán sancionados con pena de prisión de diez (10) a quince (15) años. Se entenderá que una información  referida al tipo de cambio aplicable a las divisas en la República Bolivariana de Venezuela es falsa o fraudulenta cuando contraríe o distorsione los valores aplicables al tipo de cambio fijado por el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela.

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