31 de julio de 2016

31-07-2016 Procesal Penal (45)

N° de Expediente: C00-1495 N° de Sentencia: 0180
Tema: Circunstancias Atenuantes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Facultad del Juez en la aplicación de Atenuante Genérica.
Viernes, 16 de Marzo de 2001

Rebajar la pena por las causas señaladas en el ordinal 4° del artículo 74 del Código Penal es facultativo del Juez. En este caso el Juez expresó los motivos por los cuales no la aplicó. En reiterada jurisprudencia se ha establecido que cada Juez tiene la potestad y facultad de aplicar esta atenuante.

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