Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
Tema # 6 Formalidades Previas al Ejercicio del Cargo
Nombramiento del Protutor: La Ley fija suma importancia en el nombramiento del protutor, y
por ello exige que se realice antes que el tutor designado entre en el
ejercicio de su cargo.
La
razón de está acción, es porque el protutor viene a desempeñar un papel de
vigilante a la conducta del tutor. Cuando el Juez designa al tutor,
inmediatamente tiene que realizar el nombramiento del protutor; porque la
ausencia del protutor, le impide al tutor entrar a su cargo.
El artículo 336 del Código Civil nos establece lo siguiente:
“El
tutor no podrá entrar en el ejercicio de la tutela si no hay protutor; y no
habiéndolo, el tutor deberá promover inmediatamente su nombramiento.
Si el
tutor contraviniere a esta disposición podrá ser removido, y siempre quedará
obligado al resarcimiento de los daños y perjuicios”
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