DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Código Penal venezolano - 364
De los delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados
De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Envenenamiento de aguas potables. El que corrompiendo o envenenando las aguas potables del uso público o los artículos destinados a la alimentación pública, ponga en peligro la salud de las personas, será penado con prisión de dieciocho meses a cinco años.
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